Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - ¿Existen otras formas de cobrar la deuda además de demandar?

¿Existen otras formas de cobrar la deuda además de demandar?

Subjetividad jurídica:

Los medios legales para recuperar deudas incluyen la mediación, el arbitraje, el litigio y las solicitudes de órdenes de pago. Si no paga su deuda, el procesamiento es útil. El artículo 216 de la Ley de Procedimiento Civil estipula que una vez que el tribunal popular acepta una solicitud, si los hechos y pruebas aportados por el acreedor son claros y legales, emitirá una orden de pago al deudor dentro de los quince días siguientes a la fecha de aceptación. Si no se fundamenta la solicitud, se decidirá desestimarla. El deudor deberá liquidar la deuda dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción de la orden de pago, o presentar una objeción por escrito al tribunal popular. Si el deudor no presenta objeción alguna o no ejecuta la orden de pago dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, el acreedor podrá solicitar al Tribunal Popular la ejecución forzosa.

Objetividad jurídica:

Artículo 221 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: Un acreedor podrá solicitar al deudor el pago de dinero o valores si se cumplen las siguientes condiciones: Cuando el Tribunal Popular solicite una orden de pago: (1) no existen otras disputas de deuda entre el acreedor y el deudor; (2) la orden de entrega puede ser notificada al deudor; La solicitud debe especificar la cantidad de dinero o valores solicitados y los hechos y pruebas en los que se basa.