¿La buena ley es también ley?
Hace más de dos mil años, el antiguo pensador griego Aristóteles dio una definición clara del estado de derecho, proponiendo que el estado de derecho tiene dos elementos centrales: uno es la buena ley, que es el fundamental y el otro. Fundamento intrínseco del Estado de Derecho, constituye el núcleo del Estado de Derecho siendo superior a una sola persona. Desde entonces, el buen derecho se ha convertido en la fuente del pensamiento jurídico en teoría y en un paradigma teórico indispensable para diseñar y evaluar sistemas sociales, políticos y jurídicos. En la antigüedad, la Edad Media y los tiempos modernos en Occidente, la teoría del buen derecho siempre ha sido la tradición ideológica de la escuela de derecho natural. Desde el surgimiento del estoicismo en la Grecia antigua tardía y su introducción en la antigua Roma, la teoría del buen derecho ha estado indisolublemente ligada al pensamiento del derecho natural. Cicerón, el gran estadista y pensador de la antigua Roma, fue el maestro del pensamiento de la antigua ley natural. Después de que Europa entró en la Edad Media, el pensamiento del derecho natural fue heredado por los teólogos religiosos, pero la teoría del buen derecho no terminó, sino que se desarrolló bien en el sistema ideológico de la teología religiosa. Los grandes teólogos medievales Agustín y Tomás de Aquino expresaron el pensamiento teórico de que "las leyes malas son ilegales". En los siglos XVII y XVIII d.C., pensadores de la escuela clásica del derecho natural, como Grocio, Locke, Montesquieu, Rousseau y otros, establecieron una teoría completa y sistemática del derecho natural. Aunque no plantearon explícitamente la opinión de que "las leyes malas son ilegales", sus puntos de vista teóricos siguen siendo la base de la teoría del buen derecho en el sistema jurídico occidental. La visión básica de la teoría del buen derecho es que la bondad del derecho, es decir, la moralidad del derecho, es el atributo básico del derecho mismo que hace del derecho una ley. Constituye la base racional para la generación, formación, implementación, observancia y supervisión de las leyes, es la base racional de la autoridad, legitimidad, universalidad y normatividad jurídica, y es el pilar espiritual del Estado de derecho. La ley primero debe cumplir con los requisitos morales de justicia y racionalidad antes de que pueda ser reconocida por la gente y pueda ejercer sus ventajas y funciones únicas. Una ley inmoral carece de los requisitos para ser ley y en realidad no lo es.