Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - ¿Cuánto espacio se debe dejar para construir de forma segura un edificio de cinco pisos después de una casa privada de dos pisos?

¿Cuánto espacio se debe dejar para construir de forma segura un edificio de cinco pisos después de una casa privada de dos pisos?

Aunque su situación no implica el derecho a la luz solar, sí implica el derecho a la ventilación y la iluminación.

Según la normativa nacional:

La distancia entre edificios de gran altura no deberá ser inferior a 20 metros, y la distancia entre edificios de varios pisos no deberá ser inferior a 6 metros. Los rascacielos se refieren a edificios de más de 24 metros y los de varios pisos se refieren a edificios de más de 10 metros y menos de 24 metros.

La distancia entre edificios se puede calcular según la relación entre la altura del edificio: distancia entre edificios = 1:1,2. Según las normas nacionales (especificaciones de diseño), el tiempo de insolación en el solsticio de invierno no debe ser inferior a 1 hora (ventanas inferiores residenciales). La distancia es la altura desde la terraza exterior del edificio hasta los aleros del edificio/tan(a)a: el ángulo de altitud solar al mediodía del solsticio de invierno. Otros relacionados: La situación de la iluminación de la casa es motivo de gran preocupación para todos los propietarios. Cuando aparecen nuevos edificios alrededor de su casa, todos considerarán si se está infringiendo su iluminación. Según el artículo 83 de los Principios Generales del Derecho Civil, “Los colindantes de bienes inmuebles deberán manejar correctamente las relaciones de colindancia en términos de interceptación de agua, drenaje, transporte, ventilación, iluminación, etc. Con el espíritu de conveniencia para la producción, la conveniencia por la vida, la solidaridad y la asistencia mutua, la equidad y el espíritu razonable. Si causa obstrucción o pérdida a partes vecinas, se detendrá la infracción, se eliminará la obstrucción y se compensará la pérdida. Esta disposición proporciona la base jurídica básica para ello. propietarios cuyos derechos de iluminación hayan sido vulnerados a obtener una indemnización. Pero si realmente se infringe el derecho a la luz depende de la situación concreta concreta. En primer lugar, el derecho a la luz es un derecho condicional y limitado que no puede determinarse con precisión mediante mediciones profesionales. Debido a la escasez de recursos territoriales en nuestro país y a la densidad de viviendas en las ciudades, las casas ahora tienen distintos grados de sombra. No podemos pensar que se haya violado nuestro derecho a la iluminación simplemente por la sombra. Y debido a las diferentes ubicaciones geográficas, las condiciones de sol y los hábitos de vida varían mucho entre el norte y el sur. En cuanto a cómo abordar las cuestiones de iluminación de edificios, de acuerdo con los principios legales básicos de los Principios Generales del Derecho Civil, sólo puede estar estipulado por normas locales que se formulen de acuerdo con sus propias características.

Te sugiero que lo manejes a través de los siguientes puntos:

1. Verifica si el edificio frente a tu edificio es legal y está completo (planificación, terreno, permiso de trabajo). Si todo está completo, puedes informarlo al Congreso Nacional del Pueblo y solicitar una compensación. El estado incompleto puede ser muy pequeño. Si está incompleto, puede informarlo al departamento administrativo de construcción o al departamento de planificación.

2. Realizar tus propias demandas a través de los medios de comunicación.

3. Línea de denuncias 315.

4. Consulte a un abogado y presente una demanda ante el tribunal.

5. El Derecho Civil estipula que las partes adyacentes a los inmuebles deberán manejar correctamente la relación de adyacentes en términos de interceptación de agua, drenaje, transporte, ventilación, iluminación, etc., con el espíritu de conveniencia para la producción, conveniencia. por la vida, la solidaridad y la asistencia mutua, y la justicia y la razonabilidad. Si causa obstrucción o pérdida a partes vecinas, se pondrá fin a la infracción, se eliminará la obstrucción y se compensará la pérdida.