¿Se debe presentar un informe de renuncia con 30 días de anticipación?
1. El empleador dispone del artículo 38 de la “Ley de Contrato de Trabajo”. El empleado puede renunciar inmediatamente sin la aprobación del empleador, y puede solicitar el pago de salarios residuales y compensación económica (1 por cada año). de trabajo).salario mensual) y pasar por los trámites de renuncia.
2. Según el artículo 37 de la "Ley de Contrato de Trabajo", los empleados pueden presentar su renuncia por escrito con 30 días de antelación sin el consentimiento del empleador. Entre ellos, el período de prueba debe presentarse por escrito con 3 días de anticipación; el empleador tiene la obligación de liquidar los salarios y tramitar los trámites de renuncia.
3. Si un empleado no renuncia con 30 días de anticipación y el empleador no se encuentra bajo el artículo 38 de la Ley de Contrato de Trabajo, el empleado renunciará directamente después de presentar una carta de renuncia. En este momento, el empleador puede solicitar hacerse cargo de las pérdidas económicas directas causadas al empleador y de los gastos incurridos en la contratación del empleado.
El empleado puede enviar el aviso (carta de renuncia, informe de renuncia) al empleador mediante entrega urgente o correo certificado para facilitar la conservación de las pruebas. Si el empleador no paga los salarios a los trabajadores o no completa los procedimientos de renuncia de los trabajadores, puede solicitar un arbitraje laboral.