¿Qué tipo de prueba se consideran las capturas de pantalla de vigilancia vial en los procesos penales?
Las capturas de pantalla de vigilancia vial son materiales audiovisuales y datos electrónicos.
Leyes y normas pertinentes:
Artículo 48 de la “Ley de Procedimiento Penal” Son prueba todos los materiales que puedan probar los hechos del caso.
La evidencia incluye:
(1) Prueba física;
(2) Prueba documental;
(3) Testimonio de testigos;< /p >
(4) Declaración de la víctima;
(5) Confesión y defensa del sospechoso y acusado;
(6) Dictamen pericial;
(7) Registros de inspección, inspección, identificación, investigación y experimentos;
(8) Materiales audiovisuales y datos electrónicos.
Se debe verificar que la evidencia sea cierta antes de que pueda usarse como base para finalizar un caso.