Un país ejerce jurisdicción extraterritorial sobre personas, cosas y cosas en el territorio de otros países de conformidad con el derecho internacional.
(1) Jurisdicción protectora. Se refiere a la jurisdicción de un país sobre actos criminales cometidos por extranjeros contra sí mismo o sus nacionales fuera del país con el fin de proteger su propia seguridad, independencia e intereses importantes, incluidas las vidas, propiedades e intereses de sus ciudadanos. El ejercicio de la jurisdicción protectora está limitado por la jurisdicción territorial del país donde se cometió el delito. Los delincuentes sólo pueden ser llevados ante la justicia con el consentimiento del Estado y asistencia judicial, o si el delincuente ingresa al territorio del país víctima.
(2) Jurisdicción universal. Cualquier país tiene jurisdicción sobre los crímenes estipulados en el derecho internacional que pongan en grave peligro los intereses generales de la comunidad internacional, independientemente de dónde ocurra el crimen. Los ejemplos incluyen la piratería, los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad. Sin embargo, esta jurisdicción sólo podrá ejercerse dentro del territorio del país o dentro de la jurisdicción de un país o en lugares que no estén bajo la jurisdicción de ningún país, y no podrá ejercerse dentro del territorio de otros países. asunto. En cuanto al impacto del reconocimiento en las calificaciones de un nuevo país como sujeto de derecho internacional, existen dos tipos principales: la "teoría constitucional" y la "teoría de la declaración". La "teoría de la declaración" sostiene que el reconocimiento es sólo una confirmación o declaración de derecho. el hecho de que el nuevo país exista como país existente, y no tenga la función de crear personalidad internacional. La "teoría constitucional" cree que el reconocimiento es un factor importante en las calificaciones de un nuevo país como sujeto de derecho internacional. (2) Efecto jurídico del reconocimiento. El reconocimiento sienta las bases para intercambios integrales entre los dos países; el país que reconoce reconoce la eficacia legislativa, judicial y administrativa del país reconocido; el país que reconoce reconoce los derechos e inmunidades legales del país que reconoce; nuevo gobierno significa la retirada del Reconocimiento por parte del antiguo gobierno.