Preguntas sobre el derecho económico internacional
Los contratos internacionales de compraventa de bienes involucran principalmente tres tipos de leyes:
El primer tipo son los tratados internacionales, que incluyen principalmente:
Convención de las Naciones Unidas sobre Contratos de 1980 para la compraventa internacional de mercancías, Convenio internacional sobre la prescripción de los contratos de compraventa de mercancías, Convenio sobre la aplicación de la ley a los contratos de compraventa internacional de mercancías, Convenio sobre la unificación de ciertas normas jurídicas para los conocimientos de embarque (Reglas de La Haya ) 1924, Reglas de Visby y Convenio sobre el transporte internacional de mercancías por mar de 1978. Entre ellos, la Convención de las Naciones Unidas sobre Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías de 1980 (en adelante, la "Convención") es, con diferencia, el tratado más importante sobre contratos de compraventa internacional de mercancías.
China tiene dos reservas sobre la Convención de las Naciones Unidas sobre Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías: 1. Debe ser por escrito 2. En China, el ámbito de aplicación de esta Convención se limita a las partes cuyas partes; Los lugares de negocios se encuentran en diferentes países contratantes. Se celebra un contrato de compraventa de bienes.
La segunda categoría son las prácticas comerciales internacionales, que incluyen principalmente:
Incoterms y las Reglas de Varsovia-Oxford. El primero también se utiliza ampliamente en el comercio exterior de China.
La tercera categoría es la legislación interna del país correspondiente:
En China, las diversas relaciones que surgen del contrato de compraventa de bienes están reguladas principalmente por los Principios Generales del Derecho Civil. Derecho y Derecho Contractual. Sin embargo, las disposiciones anteriores son difíciles de aplicar a los contratos de compraventa internacional de bienes, especialmente a partes extranjeras.
(2) ¿Cuál es la efectividad de estas cuestiones jurídicas y prácticas internacionales, y cuál es la relación entre ellas?
Respuesta: Los tratados internacionales son la fuente más importante de contratos para la compraventa internacional de bienes. China y Estados Unidos son partes de la Convención de las Naciones Unidas sobre Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías. Por tanto, si en el contrato no se excluye la aplicación de este tratado, se aplicará aunque no exista acuerdo.
Las prácticas de comercio internacional son otra fuente importante de derecho en materia de compraventa internacional de bienes. En la compraventa internacional de mercancías, si ambas partes estipulan en el contrato la adopción de una determinada costumbre, ésta será vinculante para ambas partes. Si surge una disputa, los tribunales y las instituciones de arbitraje también pueden referirse a las prácticas comerciales internacionales para determinar los derechos y obligaciones de las partes.
En China, diversas relaciones que surgen de contratos de compraventa de bienes están reguladas principalmente por los Principios Generales del Derecho Civil y del Derecho Contractual. Sin embargo, las disposiciones anteriores son difíciles de aplicar a los contratos de compraventa internacional de bienes, especialmente a partes extranjeras.
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Introducción legal completa relevante
La ley de compraventa internacional de mercancías tiene tres orígenes: el primero son los tratados internacionales; el segundo, las prácticas comerciales internacionales; y el tercero, las leyes nacionales pertinentes.
1. Tratados internacionales
Los tratados internacionales son una fuente importante del derecho de compraventa internacional de bienes. Los principales tratados internacionales relacionados con el derecho de la compraventa internacional de mercancías incluyen: la Convención de las Naciones Unidas sobre Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías de 1980, la Convención sobre la Limitación de los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, la Convención sobre la Aplicabilidad de Leyes sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, y la Convención de 1924 sobre la Unificación de Ciertas Reglas para Conocimientos de Embarque (Reglas de La Haya), Reglas de Visby y 1978. Entre ellos, la Convención de las Naciones Unidas sobre Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías de 1980 (en adelante, la "Convención") es, con diferencia, el tratado más importante sobre contratos de compraventa internacional de mercancías.
China es miembro de la Convención. La actitud de China hacia la Convención es: básicamente estamos de acuerdo con el contenido de la Convención, pero dentro del alcance permitido por la Convención y en base a la situación específica de China, hemos hecho las dos reservas siguientes:
1. Un contrato de compraventa de bienes debe realizarse por escrito.
Según lo dispuesto en la Convención, un contrato de compraventa internacional de mercancías no tiene que celebrarse por escrito ni acreditarse por escrito, y no existen restricciones en cuanto a su forma. Es decir, ya sea escrito, hablado o de otro modo, se considera válido. Esta disposición entra en conflicto con la estipulación de la Ley de Contratos Económicos Extranjeros de mi país de que los contratos económicos relacionados con el extranjero (incluidos los contratos de venta internacional de bienes) deben celebrarse por escrito. Por ello, nuestro país hizo reservas al ratificar la Convención. China insiste en que los contratos de venta internacional de bienes deben realizarse por escrito, y los contratos de venta internacional de bienes sin forma escrita no son válidos.
2. Reservas sobre el ámbito de aplicación del Convenio.
Para determinar su ámbito de aplicación, el presente Convenio se basará en el hecho de que los establecimientos de las partes interesadas se encuentran en países diferentes, independientemente de la nacionalidad de las partes interesadas. Según las disposiciones del Convenio, si los establecimientos de las partes en el contrato se encuentran en países diferentes, y estos países son partes contratantes del Convenio, el Convenio se aplicará al contrato de compraventa de mercancías celebrado entre estos fiestas.
En otras palabras, este Convenio se aplica a los contratos de compraventa celebrados entre partes cuyos establecimientos se encuentran en diferentes Estados contratantes. Nuestro país está de acuerdo con esto.
Sin embargo, el Convenio también estipula que siempre que los establecimientos de las partes estén en países diferentes, incluso si el país donde está ubicado su establecimiento no es parte del Convenio, si la ley de un Estado contratante se aplica según las normas del Derecho internacional privado, el Convenio también se aplicará a los contratos de compraventa celebrados entre estas partes.
El objetivo de esta disposición es ampliar el ámbito de aplicación de este Convenio de modo que, en determinadas circunstancias, este Convenio también pueda aplicarse a contratos de compraventa celebrados entre partes cuyos establecimientos se encuentren en Estados no contratantes. . Respecto a este punto, nuestro país también hizo reservas al ratificar la Convención. Según esta reserva, en nuestro país, el ámbito de aplicación del Convenio se limita a los contratos de compraventa de mercancías celebrados entre partes cuyos establecimientos estén ubicados en diferentes países contratantes.
En segundo lugar, las prácticas comerciales internacionales
Las prácticas comerciales internacionales son otra fuente importante de derecho sobre ventas internacionales de bienes. En la compraventa internacional de mercancías, si ambas partes estipulan en el contrato la adopción de una determinada costumbre, ésta será vinculante para ambas partes. Si surge una disputa, los tribunales y las instituciones de arbitraje también pueden referirse a las prácticas comerciales internacionales para determinar los derechos y obligaciones de las partes. En cuanto a la compraventa internacional de bienes, existen principalmente las siguientes prácticas internacionales:
1. Este Reglamento General fue formulado en 1935 y revisado en 1953. En los últimos años, para adaptarse a los cambios en los métodos de transporte internacional de carga y al desarrollo de la tecnología electrónica, fue revisado dos veces en 1980 y 1990. El texto actual es la revisión de 1990. Este principio general ha sido ampliamente reconocido y adoptado internacionalmente, y también se utiliza ampliamente en el comercio exterior de China.
2. Reglas de Varsovia-Oxford de 1932 formuladas por la Asociación de Derecho Internacional. Esta regla está formulada para contratos CIF y especifica en detalle las responsabilidades, riesgos y gastos que el comprador y el vendedor deben asumir en el contrato CIF. Tiene una influencia considerable a nivel internacional.
3. "Usos y prácticas uniformes para cartas de crédito documentarias" (revisado en 1993) y "Reglas uniformes para el cobro" formuladas por la Cámara de Comercio Internacional. Estas son dos convenciones importantes en los pagos comerciales internacionales. Estipulan las responsabilidades y obligaciones entre los bancos y las partes relevantes cuando se utilizan cartas de crédito y métodos de cobro. Tienen gran influencia a nivel internacional y también se utilizan ampliamente en los negocios de comercio exterior de mi país. También existen algunos acuerdos que no se enumeran aquí.
Tres. Legislación nacional:
En China, diversas relaciones que surgen de contratos de compraventa de bienes están reguladas principalmente por los Principios Generales del Derecho Civil y el Derecho Contractual. Sin embargo, las disposiciones anteriores son difíciles de aplicar a los contratos de compraventa internacional de bienes, especialmente a partes extranjeras.