¿Existe una política para que las familias de veteranos presenten demandas?
Artículo 10 Si un ciudadano no confía a un agente el manejo de los siguientes asuntos que requieren representación debido a dificultades financieras, podrá solicitar asistencia jurídica de una agencia de asistencia jurídica: (1) Solicitar una compensación estatal en de conformidad con la ley (2) solicitar beneficios de seguro social o beneficios mínimos de seguridad de vida; (3) solicitudes de pensiones y fondos de ayuda (4) solicitudes de pago de pensión alimenticia, cuotas de manutención y manutención de los hijos; de remuneración laboral; (6) reclamaciones por actos resultantes de actos de valentía y rectitud de derechos e intereses civiles. Los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán dictar disposiciones complementarias en materia de asistencia jurídica distintas a las señaladas en el párrafo anterior. Los ciudadanos podrán solicitar asesoramiento jurídico a los organismos de asistencia jurídica sobre las cuestiones especificadas en los apartados 1 y 2 de este artículo. Artículo 11 En los procesos penales, los ciudadanos pueden solicitar asistencia jurídica a las agencias de asistencia jurídica en cualquiera de las siguientes circunstancias: (1) Después de que el sospechoso de un delito haya sido interrogado por primera vez por la agencia de investigación o desde la fecha en que se tomen las medidas obligatorias, No contratar un abogado debido a dificultades financieras; (2) Las víctimas de casos de procesamiento público y sus representantes legales o familiares cercanos no han contratado abogados debido a dificultades financieras desde la fecha en que el caso fue transferido para su revisión y procesamiento; Los casos son Desde que el tribunal aceptó el caso, el fiscal privado y su representante legal no han confiado a un agente litigante debido a dificultades financieras.