Normativa de gestión de atraques de buques
Base jurídica: “Reglamento sobre la Gestión de la Capacidad de Atraque de las Terminales Costeras”
Artículo 1 Con el fin de regular la gestión de la capacidad de atraque de los puertos costeros, promover la adecuación de la estructura portuaria y garantizar la seguridad de los puertos y barcos, de acuerdo con La "Ley de seguridad laboral de la República Popular China", la "Ley portuaria de la República Popular China" y otras leyes y reglamentos pertinentes formulan estas regulaciones.
Artículo 2: El presente reglamento se aplica a la gestión de la capacidad de atraque de buques de carga en terminales costeras, pero no incluye el equipamiento de terminales.
Artículo 3 El Ministerio de Transporte es responsable de formular reglamentos, normas, especificaciones y sistemas para la gestión de la capacidad de atraque de los puertos y terminales costeros de todo el país, y orientar su implementación.
Los departamentos administrativos portuarios provinciales son responsables de la verificación y supervisión de la capacidad de atraque de los puertos y terminales costeros en sus respectivas jurisdicciones. El departamento de administración portuaria donde está ubicado el puerto costero es responsable de supervisar la capacidad de atraque de las terminales locales.
Artículo 4 Las terminales costeras atracarán buques de carga de acuerdo con los niveles de atraque determinados. No obstante, si se cumple lo dispuesto en este reglamento, la embarcación podrá ser atracada con carga reducida o liberada para atraque.