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¿Ser buscado y arrestado es una rendición?

Análisis jurídico: Se considerará entregado a quien se entregue voluntariamente a la policía después de ser buscado y confiese verazmente sus delitos.

Según las leyes de nuestro país, se entrega quien voluntariamente se entrega a la policía después de cometer un delito y confiesa verazmente sus delitos.

La entrega significa que un sospechoso de un delito se entrega voluntariamente antes de que su conducta delictiva sea descubierta por las autoridades judiciales, o antes de que las autoridades judiciales lo convoquen o tomen medidas coercitivas, y mientras es perseguido o buscado.

Confesar sinceramente el delito significa que el sospechoso de un delito confiesa sinceramente los principales hechos delictivos tras entregarse voluntariamente.

Base jurídica: "Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación específica del derecho en el tratamiento de casos de entrega y servicio meritorio" Artículo 1 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 67, párrafo 1, de la En Derecho Penal, la persona que se entrega voluntariamente al delito después de haber cometido un delito debe declarar con veracidad. Se considerará que se ha entregado a quienes confiesen sus delitos. (1) Entrega significa entregarse voluntariamente directamente al órgano de seguridad pública, a la Fiscalía Popular o al Tribunal Popular antes de que las autoridades judiciales hayan descubierto los hechos criminales o los sospechosos criminales, o no hayan interrogado a los sospechosos criminales, ni hayan tomado medidas obligatorias.

El sospechoso de un delito se entrega a su unidad, organización de base urbana o rural u otro personal responsable relevante debido a una enfermedad, lesión o para reducir las consecuencias del delito, el sospechoso de un delito confía a otros para que se entreguen primero; , o envía un telegrama para entregarse primero; la conducta delictiva no fue descubierta por las autoridades judiciales, pero luego de ser interrogado y educado por las organizaciones pertinentes o autoridades judiciales por conducta sospechosa, confesó voluntariamente los hechos del delito y luego se fugó; cometiendo el delito y entregándose voluntariamente durante el proceso de búsqueda o persecución, se considerarán entregados quienes se dispongan a entregarse, o sean sorprendidos por los órganos de seguridad pública en el camino a entregarse;

La persona que se entrega no por iniciativa del presunto delincuente, sino que es persuadida y acompañada por familiares y amigos si el órgano de seguridad pública notifica a los familiares y amigos del presunto delincuente, o si los familiares y amigos se llevan; la iniciativa de denunciar el delito, también se considerará entrega.

Si un sospechoso de un delito se entrega voluntariamente y luego escapa, no se puede considerar que se haya entregado.

Artículo 67 de la “Ley Penal de la República Popular China”: Entregarse después de cometer un delito y confesar sinceramente su delito. Los delincuentes que se entreguen podrán recibir penas más leves o reducidas. Entre ellos, podrán quedar exentos de pena quienes cometan delitos menores.

Se tendrá por entregado a un presunto delincuente, imputado o reo cumpliendo pena que haya sido sometido a medidas coercitivas y confiese verazmente otros delitos que no hayan sido descubiertos por las autoridades judiciales.

Aunque un sospechoso de un delito no tenga las circunstancias para entregarse según lo estipulado en los dos párrafos anteriores, si confiesa verazmente su delito, se le podrá imponer una pena más leve porque confiesa verazmente su delito y evita particularmente; consecuencias graves, se le puede imponer un castigo más leve.