Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - Los abogados defensores se reúnen con los sospechosos durante la fase de investigación.

Los abogados defensores se reúnen con los sospechosos durante la fase de investigación.

Subjetividad jurídica:

Los sospechosos son recluidos en centros de detención y sólo los abogados defensores tienen acceso a ellos. Artículo 37 de la Ley de Procedimiento Penal: Los abogados defensores pueden reunirse y comunicarse con los sospechosos de delitos y los acusados ​​bajo custodia. Otros defensores también pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia con el permiso del Tribunal Popular y la Fiscalía Popular. Si un abogado defensor solicita reunirse con un sospechoso de un delito o acusado bajo custodia con un certificado de ejercicio de abogado, certificación de bufete de abogados, poder notarial o carta de asistencia jurídica, el centro de detención deberá organizar la reunión de manera oportuna, a más tardar 48 horas. En los casos de delitos que ponen en peligro la seguridad nacional, actividades terroristas y, en particular, delitos graves de soborno, los abogados defensores deben obtener permiso de la agencia de investigación para reunirse con los sospechosos de delitos bajo custodia durante la investigación. El organismo de investigación notificará al centro de detención con antelación la situación anterior. Al reunirse con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia, los abogados defensores pueden conocer el caso y proporcionar información y, a partir de la fecha en que el caso se transfiere para su revisión y enjuiciamiento, pueden verificar las pruebas pertinentes con los sospechosos de delitos y los acusados; Los abogados defensores no están sujetos a vigilancia cuando se reúnen con sospechosos y acusados ​​de delitos. Las disposiciones de los apartados 1, 3 y 4 se aplicarán a las reuniones y comunicaciones entre los abogados defensores y los sospechosos y acusados ​​de delitos que se encuentren bajo vigilancia domiciliaria.

Objetividad jurídica:

Según el artículo 33 de la Ley de Procedimiento Penal de mi país: “Un sospechoso de un delito tiene derecho a confiar un defensor a partir de la fecha de transferencia del caso para su revisión”. Es decir, durante la etapa de revisión y procesamiento, los abogados comienzan a figurar como “defensores”. En esta etapa, salvo en el caso de los sospechosos de delitos que se encuentran bajo vigilancia domiciliaria, la Ley de Procedimiento Penal no impide que los abogados defensores se reúnan con los sospechosos de delitos. Mientras sean abogados defensores, tienen derecho a reunirse con sospechosos de delitos bajo custodia sin la aprobación de la fiscalía, y la fiscalía no debe enviar personal para reunirse con ellos en el lugar. En cuanto al contenido de la entrevista, siempre que sea necesario para desempeñar funciones de defensa de conformidad con la ley, se podrá discutir sin restricciones. Además, es posible comunicarse con presuntos delincuentes y el contenido de sus intercambios no debe ser censurado ni detenido arbitrariamente. Durante la etapa de revisión y procesamiento, los abogados defensores se reúnen con los sospechosos de delitos en los siguientes aspectos: (1) Preguntar sobre los hechos del caso y escuchar las declaraciones y la defensa del sospechoso de delitos. Si hay una discrepancia entre los hechos declarados por el sospechoso de un delito y los declarados en la opinión de la fiscalía, el abogado defensor debe preguntar claramente, incluso si hay discrepancias en los detalles. (2) Verificar los materiales y opiniones que demuestren que el sospechoso de un delito es inocente, que el delito es menor o que la responsabilidad penal está reducida o exenta, y preguntar al sospechoso de un delito si hay nuevos testigos, pruebas físicas y pistas de evidencia. (3) Informarles sobre sus derechos y obligaciones en el litigio durante la etapa de revisión y procesamiento. Por ejemplo, cuando los investigadores de la fiscalía lo interrogan, tiene derecho a solicitar la recusación, derecho a la defensa, derecho a solicitar la reidentificación y derecho a apelar contra la decisión de la fiscalía. (4) Preguntar sobre el caso. Pregunte sobre el período de su detención, si los investigadores han cometido actos ilegales como tortura para obtener confesiones, detención encubierta y si se ha incautado o congelado algún bien junto con el caso. Con base en el contenido de la citada reunión, el abogado defensor podrá presentar dictámenes de defensa a la Fiscalía Popular para demostrar que el sospechoso es inocente, que el delito es menor o que se reduce su responsabilidad penal. Para aquellos que no deben ser penalmente responsables, o cuyas pruebas son insuficientes y no reúnen las condiciones para el procesamiento, o cuyo delito es menor y no necesita ser condenado o exento de pena de acuerdo con las disposiciones de la ley penal, Se debe recomendar a la Fiscalía Popular que tome la decisión de no procesar. Si un sospechoso de un delito se niega a aceptar la decisión de declararse culpable y arrepentirse, el abogado defensor puede presentar un recurso de apelación en su nombre ante la Fiscalía Popular; si el caso se refiere a bienes sellados o congelados, puede solicitar a la Fiscalía Popular que ponga fin al caso después; se toma la decisión de no procesar. Si el período de detención ha excedido el plazo estipulado por la ley, el sospechoso de un delito puede solicitar el levantamiento o la modificación de las medidas obligatorias en su nombre si el encargado del caso ha cometido actos ilegales como tortura para obtener confesiones o detención encubierta; , etc., podrá actuar en su nombre.