Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - El coche fue robado por la compañía hipotecaria. ¿Puedo denunciarlo a la policía?

El coche fue robado por la compañía hipotecaria. ¿Puedo denunciarlo a la policía?

Análisis legal:

Si el automóvil del propietario del automóvil está hipotecado a una institución crediticia, la compañía de préstamos para automóviles lo remolcará solo si el propietario no paga el préstamo vencido, como una forma de informar la pérdida. Si el objetivo principal es recuperar el vehículo, las tarifas vencidas, los intereses de penalización vencidos, los daños liquidados y todas las tarifas restantes deben pagarse antes de que se pueda recuperar el vehículo. Acto jurídico en el que un deudor o un tercero utiliza determinados bienes como garantía para saldar una deuda con un acreedor. El deudor o el tercero que aporta el bien hipotecado se llama deudor hipotecario; el bien hipotecado se llama hipoteca; el acreedor es el acreedor hipotecario, por lo que los derechos que disfruta se denominan derechos hipotecarios, que son una especie de garantía real. Una vez establecido el derecho hipotecario, si el deudor no paga sus deudas a su vencimiento, el acreedor hipotecario tiene derecho a que se le pague con prioridad a los demás acreedores el precio de venta del bien hipotecado de conformidad con la ley. La hipoteca podrá ser sobre bienes muebles o inmuebles, pero no podrán utilizarse como garantía los bienes cuya circulación o ejecución esté prohibida por la ley.

Base jurídica: El artículo 395 del “Código Civil de la República Popular China” estipula que se pueden hipotecar los siguientes bienes sobre los que el deudor o un tercero tenga derecho a disponer:

(1) Edificios y otras propiedades Adjuntos de terrenos;

(2) Derechos de uso de terrenos para construcción;

(3) Derechos de uso de áreas marítimas;

(4) Equipos de producción, materias primas, productos y Productos semiacabados;

(5) Edificios, barcos y aviones en construcción;

(6) Vehículos;

(7) Las leyes y reglamentos administrativos aún no han sido prohibidos. Otras propiedades.

El deudor hipotecario podrá hipotecar conjuntamente los inmuebles enumerados en el párrafo anterior.

1. Qué bienes pueden hipotecarse:

1. Las casas y demás objetos fijos sobre el terreno de propiedad del deudor hipotecario.

2. Maquinaria, vehículos y demás bienes propiedad del deudor hipotecario.

3. Los derechos de uso de terrenos, casas y demás bienes inmuebles de propiedad estatal por razón de que el deudor hipotecario tiene derecho a disponer de ellos conforme a la ley.

4. Maquinaria, vehículos y demás bienes de propiedad estatal de los que el deudor hipotecario tenga derecho a disponer conforme a la ley.

5. Los derechos de uso de terrenos de cerros, acequias, cerros y playas contratados por el deudor hipotecario conforme a la ley e hipotecados con el consentimiento del contratante.

6. Otros bienes que puedan ser hipotecados conforme a la ley.

2. ¿Qué inmueble no se puede hipotecar?

1. Propiedad de la tierra.

2. Derechos de uso de tierras de propiedad colectiva, como tierras cultivadas, granjas, tierras privadas, colinas privadas, etc., excepto el párrafo 5 del artículo 34 y el párrafo 3 del artículo 36, es decir, "municipio ( municipio) derechos de uso de la tierra"), los derechos de uso de la tierra de las empresas de la aldea no se hipotecarán por separado. Si las fábricas y otros edificios de las empresas del municipio (ciudad) o de la aldea están hipotecados, los derechos de uso de la tierra dentro de sus áreas ocupadas se hipotecarán a al mismo tiempo, salvo disposición en contrario.

3. Instituciones públicas, grupos sociales, establecimientos educativos, centros médicos y de salud y otros establecimientos de bienestar social como escuelas, guarderías y hospitales.

4. Bienes cuyos derechos de propiedad y uso no están claros o están en disputa

5. Bienes embargados, detenidos o bajo supervisión conforme a la ley

6. estar hipotecado conforme a ley