Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - Volver a publicar capturas de pantalla con información falsa es un delito.

Volver a publicar capturas de pantalla con información falsa es un delito.

Depende del contenido específico y las consecuencias del mensaje que envíe.

Con el fin de proteger los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones y mantener el orden social, de conformidad con la "Ley Penal de la República Popular China" y la "Decisión de la APN Comité Permanente para el Mantenimiento de la Seguridad de Internet", ahora nos ocupamos de la difamación mediante el uso de redes de información. A continuación se explican varias cuestiones relativas a la aplicación de la ley en casos penales, como provocar peleas y provocar problemas, extorsión y operaciones comerciales ilegales:

Artículo 1 Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, se considerará del artículo 246 de la Ley Penal "Fabricación de hechos para difamar a otros" según lo dispuesto en este párrafo:

(1). Fabricar hechos que dañen la reputación de otros y difundirlos en redes de información, u organizar o instruir a personas para que los difundan en redes de información;

(2) Alterar el contenido de información original que involucre a otros en la red de información para hechos que dañan la reputación de otros, difundiéndolos en la red de información, u organizando o instruyendo a personas para que los difundan en la red de información;

A sabiendas de que se trata de hechos inventados que dañan la reputación de otros, se difunden en redes de información, y las circunstancias son atroces, lo que se considerará como "fabricación de hechos para difamar a otros".

Artículo 2: Se considerará “caso grave” a quien utilice las redes de información para difamar a otros en cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) Se hace clic en la misma información difamatoria, se la ve más de 5.000 veces o se reenvía más de 500 veces;

(2) Causa consecuencias graves como trastornos mentales, auto- mutilación o suicidio de la víctima o de sus familiares cercanos;

(3) Difamar a otros dentro de los dos años de recibir la sanción administrativa por difamación;

(4) Otras circunstancias graves.

Artículo 3: Se considerará que "pone en grave peligro el orden social y los intereses nacionales" a quien utilice las redes de información para difamar a otros en cualquiera de las siguientes circunstancias, según lo establece el segundo párrafo del artículo 246 de la Ley Penal. Ley:

(1) Provocar incidentes masivos

(2) Provocar desorden público

(3) Provocar conflictos étnicos y religiosos;

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(4) Difamar a muchas personas y causar impacto social negativo

(5) Dañar la imagen nacional y poner en grave peligro los intereses nacionales;

(6) Causar mala influencia Impacto internacional;

(7) Otras situaciones que pongan en grave peligro el orden social y los intereses nacionales.