¿Puedo ver el informe de crédito presentado ante el tribunal?
Relacionado: "Varias disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre la publicación de información sobre la lista de personas deshonestas sujetas a ejecución (revisión de 2017)" Artículo 1 La persona sujeta a ejecución no cumple las obligaciones especificadas en el documento jurídico vigente y concurra alguna de las siguientes circunstancias, el tribunal popular los incluirá en la lista de personas deshonestas sujetas a ejecución y les impondrá sanciones crediticias de conformidad con la ley: (1) Los que tengan capacidad para realizar pero negarse a cumplir las obligaciones especificadas en documentos legales vigentes; (2) obstrucción mediante pruebas falsificadas, violencia o amenazas o resistirse a la ejecución (3) evadir la ejecución mediante litigios falsos, arbitraje falso u ocultación o transferencia de propiedad; el sistema de reporte de propiedad; (5) violar las órdenes de restricción de consumo; (6) negarse sin razones justificables a cumplir el acuerdo de conciliación. Artículo 2 Si la persona sujeta a ejecución se encuentra en las circunstancias especificadas en los puntos 2 a 6 del artículo 1 de este Reglamento, el período de permanencia en la lista de personas sujetas a ejecución sin confianza será de dos años. Si el sujeto de ejecución obstruye o se resiste a la ejecución mediante violencia o amenazas, o si las circunstancias son graves o ha cometido múltiples abusos de confianza, la prórroga podrá ampliarse de uno a tres años. Si la persona sujeta a ejecución cumple activamente las obligaciones especificadas en el documento legal vigente o corrige activamente el comportamiento no confiable, el tribunal popular puede decidir eliminar la información no confiable por adelantado.