Si el testigo no está dispuesto a testificar, ¿la grabación de audio es legalmente vinculante?
Extensión: Los testigos que testifican a través de grabaciones entran en las categorías de testimonio de testigos y materiales audiovisuales. De conformidad con las disposiciones de la Ley de Procedimiento Civil, a menos que el testigo se encuentre en una de las cuatro circunstancias estipuladas en el artículo 73 de la Ley y no comparezca ante el tribunal con el permiso del tribunal, el testigo deberá comparecer ante el tribunal para declarar. Además, la situación que usted mencionó obviamente no es consistente con la situación en la que el testigo relevante no puede comparecer ante el tribunal y debería comparecer ante el tribunal para testificar.
Si un testigo que debería comparecer ante el tribunal no comparece ante el tribunal para testificar y la otra parte no contrainterroga, el tribunal no aceptará el testimonio del testigo si la otra parte acepta contrainterrogar; , el tribunal debe determinarlo en función del contenido específico.
Litigio Civil
Artículo 73 Previa notificación por el Tribunal Popular, los testigos deberán comparecer ante el tribunal para declarar. Si existe alguna de las siguientes circunstancias, con el permiso del Tribunal Popular, se pueden utilizar testimonios escritos, tecnología de transmisión audiovisual o materiales audiovisuales para testificar:
No poder comparecer ante el tribunal debido a razones de salud;
(2) No poder comparecer ante el tribunal debido a largas distancias y transporte inconveniente;
(3) No poder comparecer ante el tribunal debido a fuerza mayor, como por ejemplo, causas naturales. desastres;
(4) No poder comparecer ante el tribunal por otras razones legítimas.