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¿Rendirse después de escapar cuenta como rendición?

Análisis jurídico: Desde la perspectiva de las disposiciones legales y la práctica judicial, se considera entrega la entrega voluntaria después de la fuga.

Las leyes pertinentes dividen la entrega en entrega general y cuasi-entrega, es decir, entrega voluntaria después de cometer un delito, y aquellos que confiesan sinceramente sus delitos son presuntos delincuentes, acusados ​​que han sido sometidos a medidas coercitivas; , o delincuentes que se encuentren cumpliendo condena, Se tendrá por entregado a quien confiese verazmente otros delitos aún no conocidos por las autoridades judiciales. No es difícil ver en la intención legislativa que el propósito de establecer el sistema de entrega es: en primer lugar, alentar a los delincuentes a tomar la iniciativa de llevar a los delincuentes ante la justicia y luchar por la indulgencia; en segundo lugar, ayudar a reducir los costos judiciales y mejorar la eficiencia; de resolver casos. Esto refleja plenamente el principio de orientación de valores de combinar indulgencia con severidad en el derecho penal de nuestro país y brinda a los delincuentes la oportunidad de arrepentirse y rehabilitarse.

Por supuesto, el propósito de huir después de cometer un delito es escapar del castigo legal, pero no se puede negar su comportamiento positivo de entregarse voluntariamente. Hacer lo contrario es alentar a los delincuentes a luchar hasta el final. Sin duda, esto no favorece la investigación y el juicio oportuno de los casos por parte de los órganos judiciales. Desde la perspectiva de los efectos jurídicos y sociales, su impacto negativo está fuera de toda duda. Por lo tanto, desde la perspectiva de las disposiciones legales y la práctica judicial, está completamente en línea con la ley considerar la entrega voluntaria después de huir como una autoentrega y dar a los delincuentes que huyen la oportunidad de arrepentirse y rehabilitarse.

Base jurídica: “Derecho Penal de la República Popular China”

Artículo 67: Se entrega el que se entrega voluntariamente después de cometer un delito y confiesa verazmente su delito. Los delincuentes que se entreguen podrán recibir penas más leves o reducidas. Entre ellos, podrán quedar exentos de pena quienes cometan delitos menores.

Se tendrá por entregado a un presunto delincuente, imputado o reo cumpliendo pena que haya sido sometido a medidas coercitivas y confiese verazmente otros delitos que no hayan sido descubiertos por las autoridades judiciales.

Aunque un sospechoso de un delito no tenga las circunstancias para entregarse según lo estipulado en los dos párrafos anteriores, si confiesa verazmente su delito, se le podrá imponer una pena más leve porque confiesa verazmente su delito y evita particularmente; consecuencias graves, se le puede imponer un castigo más leve.

Artículo 68: A los delincuentes que denuncien y expongan hechos delictivos ajenos y verifiquen los hechos, o proporcionen pistas importantes para resolver otros casos y otros servicios meritorios, podrán recibir pena más leve o reducida si tienen méritos mayores; servicio, podrán ser castigados con reducción o exención del castigo.