Los derechos de patente se comprometen al prestar. ¿Podemos hacer una promesa de comprensión ahora?
Notas sobre la hipoteca:
En primer lugar, depósito
Significa que el vendedor puede exigir al comprador que anticipe una determinada proporción del pago total en efectivo antes de la ejecución del contrato, como Garantía de pago de todos los pagos adeudados. La diferencia entre depósito y anticipo. Un depósito es una especie de garantía, utilizada principalmente para sancionar el incumplimiento de contrato. El anticipo es parte del pago desde el principio y los dos anteriores se pueden convertir entre sí mediante acuerdo. La diferencia entre depósito y daños y perjuicios. El metal liquidado tiene el carácter de indemnización y su importe está determinado íntegramente por las pérdidas del perjudicado, mientras que el depósito es una especie de garantía de crédito. Una vez determinado el importe, no se podrá modificar salvo que ambas partes lleguen a un acuerdo.
En segundo lugar, garantía
significa que el vendedor puede exigir al comprador que proporcione una persona jurídica con una gran solidez económica e integridad como tercero para garantizar el pago del comprador. Una vez que el comprador no paga a tiempo, el garante asumirá la responsabilidad del pago.
En la práctica, debemos prestar atención a las siguientes cuestiones:
1. El garante deberá firmar un contrato de garantía por escrito con el vendedor, aclarando el contenido y la forma de la garantía, y hacerlo firmar y sellar por ambas partes.
2. El contrato de garantía debe estipular claramente las responsabilidades del garante. Entre ellos, es necesario prestar atención a la diferencia entre "ejecución por cuenta ajena" y "responsabilidad solidaria". El cumplimiento en nombre del garante significa que sólo cuando el deudor original es realmente incapaz de cumplir con la deuda y compensar las pérdidas, se puede exigir al garante que cumpla con la deuda y compense las pérdidas. La responsabilidad solidaria significa que mientras el deudor no cumpla con sus deudas, independientemente de si tiene capacidad de cumplimiento, el acreedor puede exigirle directamente el cumplimiento o la compensación de las pérdidas.
3. Al cambiar o modificar el contrato de deuda original con la deuda original, el garante debe obtener el consentimiento por adelantado, de lo contrario el garante no asumirá la responsabilidad de la garantía.
4. Elegir razonablemente al garante. Cabe señalar que los departamentos competentes de las empresas estatales u otros organismos administrativos no pueden actuar como garantes. El garante seleccionado sí puede asumir la responsabilidad de pago correspondiente, es decir, se requiere una investigación crediticia del garante.
5. Al celebrar un contrato de garantía, son esenciales los siguientes contenidos: el tipo y monto de los derechos del acreedor garantizado; el alcance de la garantía;
En tercer lugar, hipoteca
significa que el comprador o un tercero aporta una determinada cantidad de propiedad como garantía de pago. Cuando el deudor no cumple con sus deudas, el acreedor tiene derecho a recibir prioridad en el pago mediante subasta o venta de bienes con descuento de conformidad con la ley.
Cuestiones que requieren atención:
1. Se debe celebrar un contrato de hipoteca por escrito, y los nombres de ambas partes, el monto y alcance de los derechos del acreedor garantizado, la hipoteca El nombre del inmueble, la propiedad del inmueble hipotecado y la fecha de la hipoteca.
2. Clarificar el alcance de la garantía hipotecaria: compensación de los derechos del acreedor original, compensación de las pérdidas y daños y perjuicios causados por el incumplimiento de la deuda, y gastos de realización de los derechos hipotecarios (notaría y litigio). honorarios).
3. Durante el período de la hipoteca, otros no podrán utilizar ni disponer del bien hipotecado.
Cuatro. Garantía
Significa que el vendedor o un tercero entregará el inmueble al acreedor para que éste tenga prioridad en el pago.
La diferencia entre prenda e hipoteca: al hipotecar, el acreedor no toma posesión del bien hipotecado del deudor hipotecario, pero el pignorante disfruta de la posesión del bien pignorado; al hipotecar, el deudor hipotecario (deudor) cobra el principal; e intereses generados por el bien hipotecado, y la prenda Cuando el acreedor (prendatario) cobra el principal y los intereses del bien pignorado en la hipoteca, el acreedor tiene derecho a reclamar el bien hipotecado, y en la prenda, el acreedor puede; tomar decisiones independientes sobre el bien pignorado, en la hipoteca, porque el acreedor no posee el bien hipotecado, por lo que no existe obligación de conservar la garantía, pero en la prenda, el acreedor tiene la obligación de conservar adecuadamente la garantía.