¿Qué debo hacer si un supermercado compra productos a mayoristas y sin querer infringe los derechos de marca registrada del fabricante?
Según el artículo 52 de la “Ley de Marcas”, constituye infracción del derecho exclusivo de registro de una marca cualquiera de los siguientes actos:
(2) Ventas que infrinjan una marca registrada "Productos con derechos exclusivos" estipula que los productos falsificados vendidos por empresas y autónomos, independientemente de si lo saben o no, constituyen una infracción de los derechos exclusivos de las marcas registradas.
Sin embargo , de acuerdo con el artículo 56, párrafo 3 de la "Ley de Marcas" Si vende productos que no sabe que infringen los derechos exclusivos de una marca registrada, no será responsable de una compensación si puede demostrar que obtuvo los productos legalmente y Se lo explicó al proveedor.
Esto enfatiza el derecho a saber. Siempre que demostremos que compramos los productos a través de canales legales sin saberlo, no tenemos que asumir la responsabilidad de la compensación incluso si los productos vendidos son falsos. Por lo tanto, al momento de adquirir bienes, asegúrese de conservar facturas de compra, órdenes de compra, comprobantes de pago, registros de transferencias, etc. , y puede decir el nombre, título, dirección o proporcionar otras pistas del vendedor de los bienes, que se verifica que son ciertas.