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Obligaciones de confidencialidad del defensor

Subjetividad jurídica:

La obligación del defensor es: con base en los hechos y en el derecho, presentar materiales y dictámenes que acrediten que el sospechoso o imputado es inocente, culpable de un delito menor, o atenuado o exento de responsabilidad penal. responsabilidad y salvaguardar sus derechos de litigio y otros intereses legítimos. Brindar asistencia jurídica a los sospechosos de delitos durante el proceso de investigación; actuar como agente para apelaciones y acusaciones; solicitar cambios en las medidas obligatorias sobre los presuntos delitos del sospechoso y las circunstancias relevantes del caso y brindar opiniones.

Objetividad jurídica:

Artículo 37 de la “Ley de Procedimiento Penal” La responsabilidad del defensor es juzgar si el sospechoso o imputado es inocente o culpable con base en los hechos y la ley. O proporcionar materiales y opiniones para reducir o eximir de responsabilidad penal y salvaguardar los derechos de litigio y otros derechos e intereses legítimos de los sospechosos y acusados ​​de delitos. Artículo 38 Los abogados defensores podrán prestar asistencia jurídica a los sospechosos de delitos durante la investigación. Actuar en nombre de apelaciones y acusaciones; solicitar cambios en las medidas obligatorias; informar sobre el presunto delito del sospechoso y las circunstancias relevantes del caso a la agencia de investigación, y brindar opiniones.