Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - Quienes violen lo dispuesto en la Ley de Bioseguridad y constituyan un delito, serán investigados conforme a derecho.

Quienes violen lo dispuesto en la Ley de Bioseguridad y constituyan un delito, serán investigados conforme a derecho.

Subjetividad jurídica:

1. Quien produzca o venda alimentos que no cumplan normas de seguridad suficientes como para causar accidentes graves de intoxicación alimentaria u otras enfermedades graves transmitidas por alimentos, será sancionado con pena privativa de libertad de no más de duración determinada. de tres años o prisión penal, y también será sancionado con multa no menor del 50% pero no mayor del doble del monto de las ventas por unidad. 2. El que produzca o venda alimentos que no cumplan con las normas de inocuidad y causen lesiones graves; daños a la salud humana será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años pero no mayor de siete años y multa no menor del 100% del monto de las ventas. Multa no menor del 50% pero no mayor. 3. El que produzca o venda alimentos que no cumplan las normas de seguridad, y las consecuencias sean especialmente graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de siete años o cadena perpetua, y también con multa no menor; menos del 50% pero no más del doble del monto de las ventas Multas o confiscación de bienes. 4. Si una unidad comete un delito previsto en este artículo, será multada y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán investigados y sancionados de conformidad con lo dispuesto en este artículo.

Objetividad jurídica:

Artículo 143 de la Ley Penal: Producir y vender alimentos que no cumplan con las normas de seguridad alimentaria es suficiente para causar accidentes graves de intoxicación alimentaria u otras fuentes graves de alimentos. Quienes padezcan enfermedades serán sancionados con pena privativa de libertad no superior a tres años o prisión preventiva y también se les impondrá multa si causan daños graves a la salud humana o concurran otras circunstancias graves, serán sancionados con pena privativa de libertad; de no menos de tres años ni más de siete años y además se les impondrá multa si las consecuencias son especialmente graves, se les impondrá pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años; Multa con pena de prisión no menor de siete años o cadena perpetua, y multa o confiscación de bienes.