Uno de estos dos productos ha solicitado una patente de diseño, pero ¿el otro la infringe?
En primer lugar, pertenecer a productos similares es el requisito previo para determinar una infracción de diseño.
1. Al juzgar una infracción de patente de diseño, primero se debe examinar si el producto supuestamente infractor y el producto patentado pertenecen a la misma categoría de productos. Los productos que no pertenecen a la misma categoría no constituyen una infracción de los derechos de patente de diseño.
2. Al examinar si un producto con diseño patentado y un producto infractor pertenecen a la misma categoría de productos, la determinación se realizará con referencia a la Tabla de Clasificación de Diseños (Tabla de Clasificación Internacional de Diseños) con base en la Hábitos de clasificación de las ventas de productos básicos y condiciones reales objetivas. Si pertenecen a la misma categoría de productos.
3. La similitud del producto es el requisito previo para determinar una infracción de diseño, pero no descarta que, en circunstancias especiales, también se pueda determinar que los diseños entre productos similares son infractores.
En segundo lugar, los ojos de los consumidores comunes son el estándar para determinar una infracción de diseño.
1. La determinación de la infracción de una patente de diseño debe basarse en la visión y la observación estética de los consumidores comunes.
2. Los consumidores comunes, como grupo especial de consumidores, se refieren a los compradores o usuarios de productos similares o productos similares con patentes de diseño.
En tercer lugar, la observación general y el juicio integral son las principales formas de juzgar una infracción de diseño.
1. Compare el diseño del producto infractor acusado con el diseño del producto patentado y realice una observación general y un juicio exhaustivo para ver si los dos tienen el mismo sentimiento estético.
(1) Si todos los elementos constitutivos de ambos son iguales o similares, el tribunal deberá considerarlos como el mismo diseño.
(2) Si todos los elementos de ambos no son iguales o similares, el tribunal debe tratarlos como diseños diferentes.
(3) Si las partes principales (partes principales) de los elementos constitutivos son iguales o similares y las partes menores son diferentes, se considerarán diseños diferentes.
(4) El tamaño, el material, la estructura interna y el rendimiento de los productos no pueden utilizarse como base para juzgar las diferencias y similitudes entre ellos. Pero se pueden tener en cuenta factores proporcionales entre partes. La comparación debe centrarse en la parte principal del diseño estético (parte esencial) creada por el titular de la patente y la parte correspondiente del producto supuestamente infractor para ver si el demandado ha plagiado o imitado la parte del diseño original del manuscrito original.
2. Al comparar el producto infractor acusado con el diseño patentado utilizando el método de comparación aislada y observación en un lugar diferente, si causa o es probable que cause malentendidos por parte del consumidor, se puede determinar que el El producto infractor acusado y el diseño patentado no son iguales. Los diseños son idénticos o similares en composición. (Para referencia cuando el tribunal llega a una conclusión sobre infracción)
4. ¿Cómo ver la comparación de productos en la determinación de infracción de diseño?
1. Al juzgar la infracción, el diseño del producto supuestamente infractor debe compararse con el diseño reflejado en las imágenes o fotografías protegidas por patente cuando el diseño del producto del titular de la patente sea diferente de las imágenes o fotografías; , Cuando las fotos son iguales, también puede comparar directamente los diseños de apariencia de los dos productos. En la determinación de una infracción de patente de diseño, se trata principalmente de comparar la forma (modelo), patrón y color que se muestran en las imágenes o fotografías del producto infractor o en las imágenes y fotografías del producto infractor con las imágenes o fotografías del diseño para ver si son iguales o similares. Cabe señalar que una patente de diseño está protegida por el diseño del producto representado por las imágenes o fotografías presentadas por el titular de la patente al solicitar la patente. Los productos son el portador necesario del diseño. Por lo tanto, si el titular de la patente cambia la apariencia del producto después de presentar la solicitud, el producto no puede estar protegido por la patente de diseño original. Al determinar la infracción, la base de comparación deben ser las fotografías presentadas por el solicitante al solicitar una patente en la Oficina de Patentes de China y autorizadas para su anuncio, en lugar de los productos patentados fabricados por el titular de la patente después de solicitar la patente. Porque el primero determina el alcance de la protección del diseño. Sólo cuando la apariencia del producto patentado es la misma que las imágenes y fotografías presentadas a la Oficina de Patentes por el titular de la patente al solicitar una patente de diseño, y ambas partes están de acuerdo, se puede comparar directamente la apariencia de los dos productos.
2. En el caso en que tanto el demandante como el demandado hayan obtenido e implementado los derechos de patente de diseño, si los diseños de los dos productos patentados son iguales o similares, se puede determinar que el acto de adquirir el diseño posteriormente infringe los derechos de patente de diseño obtenidos. Debido al sistema de censura, en la práctica judicial a menudo se producen repetidas autorizaciones de diseños o diseños subordinados similares.
Según el principio del primero en presentar la solicitud estipulado en la Ley de Patentes, los derechos de patente presentados en primer lugar estarán protegidos. En este momento, no es necesario esperar a que el demandante solicite a la Junta de Reexamen de Patentes que declare la patente inválida. En otras palabras, el demandado ha obtenido una patente de diseño idéntica o similar a la suya y no tiene sentido defenderse de la infracción.
5. Los principios de equivalencias y estoppel no son aplicables a la determinación de infracción de diseño.
Los principios de equivalencias y estoppel utilizados para determinar la infracción de invención o modelo de utilidad no son aplicables para determinar la infracción de patente de diseño. Esto se debe a que el diseño de la apariencia es diferente del contenido protegido por patentes de invención y modelos de utilidad. El principio de equivalentes es un principio común utilizado para determinar si los litigios sobre patentes de invenciones y modelos de utilidad constituyen una infracción. Dado que las soluciones técnicas protegidas por invenciones y modelos de utilidad son invisibles e intangibles, las soluciones técnicas registradas en las reivindicaciones y las características técnicas de la materia infractora deben analizarse y compararse para emitir un juicio. Al aplicar el principio de equivalencia, no sólo debemos fijarnos en si las características técnicas son equivalentes, sino también en sus funciones, efectos, finalidades y efectos. Sin embargo, el contenido de protección del diseño es diferente. Sólo es necesario comparar si el diseño del producto infractor y el diseño del producto patentado son idénticos o similares, y nada tiene que ver con la aplicación del principio de equivalencia. El principio de estoppel es el principio de sentencia de infracción bajo el principio de equivalencias. Dado que el principio de equivalentes no puede utilizarse para determinar una infracción de diseño, por supuesto no debería aplicarse el principio de estoppel.
6. En la determinación de infracción de diseño, identificación de identidad y similitud.
En la práctica judicial, es relativamente fácil determinar si el producto infractor es el mismo que el producto de diseño patentado. Una vez que son iguales, la determinación de infracción es indiscutible. Pero en la vida real, los productos infractores a menudo necesitan ser modificados por completo y rara vez se plagian por completo. Por ejemplo, si la forma y el tamaño del producto cambian, o el patrón cambia, en este caso, es necesario determinar si el producto infractor es similar al producto con una patente de diseño. Al juzgar los derechos de patente de diseño, la similitud debe considerarse una infracción de patente.
1. Para determinar si constituye una infracción de una patente de diseño, el criterio es ver si el diseño del producto infractor acusado es igual o similar al diseño patentado. una infracción de la patente de diseño. En primer lugar, cabe señalar que la identidad o similitud es el estándar para juzgar si un diseño constituye una infracción, mientras que los estándares para la autorización del diseño y la revisión de nulidad son diferentes pero similares. Los dos estándares se expresan en la misma escala y desde direcciones opuestas. Sin embargo, esta formulación diferente es significativa, es decir, en los dos casos, el enfoque de la observación y el pensamiento de las fuerzas del orden es exactamente opuesto. Idéntico o similar aquí debe referirse principalmente a idéntico o similar visual y estético.
2. Se debe comparar el diseño del producto patentado con el diseño del producto presuntamente infractor para comprobar si son idénticos o similares.
(1) Si las partes principales del diseño, como la forma y el patrón, son iguales, se considerarán el mismo diseño.
(2) Las partes principales del diseño; los elementos constituyentes son iguales o similares, y las partes menores de diseño serán iguales. Si son parcialmente diferentes, deben considerarse diseños aproximados;
(3) Si las partes principales de diseño de los dos. no son iguales o similares, deben considerarse como diseños diferentes o similares.
3. Las dimensiones, materiales, estructura interna y prestaciones de los productos patentados y de los productos acusados de infracción no podrán utilizarse como base para juzgar si son iguales o similares. En la práctica judicial, al juzgar una infracción de diseño, el tamaño, la fabricación, la estructura interna y el rendimiento del producto son los que más probablemente llaman la atención y se utilizan como puntos de atención para juzgar si son iguales o similares. Sin embargo, estos contenidos no están enteramente protegidos por el diseño, sino que son contenidos que deben excluirse en la revisión de autorización. Por lo tanto, no debe considerarse en la determinación de infracción. En otras palabras, al juzgar una infracción, los principales cambios, materiales y estructuras internas del producto supuestamente infractor y del producto patentado no pueden considerarse razones diferentes.
4. Para diseños que requieren protección del color, se debe determinar si la forma del diseño es un diseño conocido. Si es bien conocido, sólo debe juzgarse por su patrón y color; si la forma, el patrón y el color son el contenido del nuevo diseño, debe juzgarse por la combinación de los tres. Al solicitar una patente de diseño, cuando la parte principal del diseño reivindicado se centra en el color, el solicitante debe indicar que se reivindica el color. En este momento, además de enviar una fotografía en blanco y negro, el solicitante también debe enviar una fotografía en color y escribir el nombre del color cuya protección solicita en una breve descripción en lugar de describir el color específico con palabras. El color es difícil de expresar con precisión con palabras, especialmente cuando el color de apariencia del producto es una combinación de varios colores. Al determinar la infracción.
Si una patente de diseño pretende proteger un color específico y el producto supuestamente infractor tiene el mismo color declarado por el titular de la patente, constituye una infracción. ¿Cómo ve la relación entre forma, patrón y color en un diseño? Si las imágenes y fotografías del diseño no indican el color reclamado, entonces otros que utilicen la misma forma o una forma similar al diseño patentado en el mismo producto constituirán una infracción si utilizan la misma forma o la anterior que el diseño patentado y agregan colores, aún así; constituye infracción. Si la patente reivindica protección del color, y otros utilizan la misma o similar forma y color en productos similares, se establece la infracción; si los objetos de la presunta infracción tienen formas diferentes o similares pero el mismo color, no constituye infracción si las formas. son iguales pero los colores son diferentes, no se establecerá la infracción, no constituye infracción de patente.
5. En el caso de que el diseño del producto patentado sea una única parte importante, si el producto presuntamente infractor es idéntico o similar al diseño del producto patentado, y las partes del diseño conocido son iguales o similares, se procederá a ello. constituye infracción si las partes principales son diferentes o no similares, pero las partes de diseño conocido son iguales o similares, no constituye infracción si las partes son iguales o similares pero diferentes o diferentes a partes de diseño conocido; no constituye infracción. Este método de juicio y conclusión se basan principalmente en el producto general basado en el diseño, en lugar de la protección parcial de la patente de diseño.
6. En el caso en que el producto patentado de diseño consta de múltiples partes importantes, si una o varias partes importantes no son iguales, la última hoja no es similar y la observación general no es la misma o similar, no es suficiente, constituye infracción; si sigue siendo igual o similar en general, constituye infracción de patente.