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Disposiciones legales para la confirmación administrativa

Capítulo 1 Principios Generales

El artículo 1 tiene por objeto regular el establecimiento y aplicación de sanciones administrativas, asegurar y supervisar la efectiva ejecución de la gestión administrativa por los órganos administrativos, salvaguardar los intereses públicos y el orden social, y proteger los derechos e intereses. de ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones de intereses legítimos y de conformidad con la Constitución, se promulga la presente ley.

Artículo 2 La sanción administrativa se refiere a la sanción impuesta por los órganos administrativos a los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones que violen el orden administrativo conforme a la ley para reducir sus derechos o aumentar sus obligaciones.

Artículo 3 La presente Ley se aplicará al establecimiento y ejecución de sanciones administrativas.

Artículo 4 Si un ciudadano, persona jurídica u otra organización viola el orden administrativo y debe recibir sanciones administrativas de conformidad con esta ley, será estipulado por leyes, reglamentos y reglas e implementado por la agencia administrativa. de conformidad con los procedimientos previstos en esta ley.

Artículo 5 Las sanciones administrativas seguirán los principios de equidad y publicidad.

El establecimiento y aplicación de sanciones administrativas debe basarse en hechos y ser proporcional a los hechos, naturaleza, circunstancias y grado de daño social del acto ilícito.

Las sanciones administrativas por actos ilícitos deberán ser anunciadas; si no se anuncian, no servirán de base para sanciones administrativas.

Artículo 6: Al implementar sanciones administrativas y corregir actos ilegales, debemos adherirnos a la combinación de castigo y educación, y educar a los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones para que respeten conscientemente la ley.

Artículo 7 Los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones tienen derecho a hacer declaraciones y defenderse de las sanciones administrativas impuestas por los organismos administrativos, si no están satisfechos con las sanciones administrativas, tienen derecho a solicitar una reconsideración administrativa; o iniciar un litigio administrativo de conformidad con la ley.

Los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones que resulten perjudicados por sanciones administrativas ilegales impuestas por organismos administrativos tienen derecho a exigir una indemnización de conformidad con la ley.

Artículo 8 Los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones que estén sujetas a sanciones administrativas por actos ilegales y cuyos actos ilegales causen daños a otros asumirán la responsabilidad civil de conformidad con la ley.

Si un acto ilícito constituye un delito y la responsabilidad penal debe ser investigada conforme a la ley, no podrán utilizarse sanciones administrativas en lugar de sanciones penales.

Capítulo 2 Tipos y Régimen de las Sanciones Administrativas

Artículo 9 Tipos de Sanciones Administrativas:

(1) Advertencia y notificación de críticas;

(2) Multas, confiscación de ingresos ilegales y confiscación de propiedades ilegales;

(3) Suspensión de licencias, reducción de niveles de calificación y revocación de licencias;

(4 ) ) Restringir la producción y las actividades comerciales, ordenar la suspensión de la producción y los negocios, ordenar el cierre y restringir el empleo;

(5) Detención administrativa;

(6) Otras sanciones administrativas estipuladas en leyes y reglamentos administrativos.

Artículo 10 La ley puede establecer diversas sanciones administrativas.

Las sanciones administrativas que coartan la libertad personal sólo pueden fijarse por ley.

Artículo 11 Los reglamentos administrativos podrán establecer sanciones administrativas distintas de la restricción de la libertad personal.

La ley ya estipula sanciones administrativas para actos ilegales. Si los reglamentos administrativos necesitan establecer disposiciones específicas, deben estar dentro del alcance del comportamiento, tipo y alcance de las sanciones administrativas prescritas por la ley.

La ley no prevé sanciones administrativas para actos ilegales, y los reglamentos administrativos pueden complementar las sanciones administrativas para la implementación de la ley. Si se planea aumentar las sanciones administrativas, las opiniones deben escucharse ampliamente a través de audiencias, reuniones de demostración, etc., y se debe proporcionar una explicación por escrito a la autoridad promulgante. Al presentar las normas administrativas para su registro, deberán indicarse las sanciones administrativas complementarias.

Artículo 12 Las normas locales podrán establecer sanciones administrativas distintas de la restricción de la libertad personal y la revocación de licencias comerciales.

Si las leyes y reglamentos administrativos ya han estipulado sanciones administrativas por actos ilegales, y las regulaciones locales necesitan establecer disposiciones específicas, estas deben establecerse dentro del alcance del comportamiento, tipo y alcance de las sanciones administrativas estipuladas en las leyes. y reglamentos administrativos.

Si las leyes y reglamentos administrativos no estipulan sanciones administrativas por actos ilegales, las regulaciones locales pueden complementar las sanciones administrativas estipuladas en las leyes y reglamentos administrativos. Si se planea aumentar las sanciones administrativas, las opiniones deben escucharse ampliamente a través de audiencias, reuniones de demostración, etc., y se debe proporcionar una explicación por escrito a la autoridad promulgante. Cuando se presenten reglamentaciones locales para su presentación, deberán indicarse las sanciones administrativas complementarias.

Artículo 13 Los reglamentos departamentales del Consejo de Estado podrán dictar disposiciones específicas dentro del ámbito de conducta, tipos y alcance de las sanciones administrativas prescritas por las leyes y reglamentos administrativos.

Cuando aún no se hayan formulado leyes y reglamentos administrativos, los reglamentos departamentales del Consejo de Estado pueden establecer sanciones administrativas como advertencias, avisos de crítica o una determinada cantidad de multas por violaciones del orden administrativo. El límite de las multas será fijado por el Consejo de Estado.

Artículo 14 Las normas locales podrán establecer disposiciones específicas dentro del ámbito de conducta, tipos y alcance de las sanciones administrativas prescritas por las leyes y reglamentos.

Cuando aún no se han formulado leyes y reglamentos, las regulaciones del gobierno local pueden imponer sanciones administrativas como advertencias, avisos de crítica o una cierta cantidad de multas por violaciones del orden administrativo. El límite de la multa será determinado por el Comité Permanente del Congreso Popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central.

Artículo 15 Todos los departamentos del Consejo de Estado y los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central y sus departamentos pertinentes organizarán evaluaciones periódicas de la implementación y necesidad de sanciones administrativas, y identificar elementos y tipos de sanciones administrativas, multas, etc. inapropiados y presentar sugerencias para su modificación o supresión.

Artículo 16 Salvo las leyes, reglamentos y reglas, los demás documentos normativos no establecerán sanciones administrativas.

Capítulo 3: Organismos Implementadores de Sanciones Administrativas

Artículo 17 Las sanciones administrativas serán implementadas por organismos administrativos con facultades para imponer sanciones administrativas en el ámbito de sus facultades estatutarias.

Artículo 18 El Estado promueve el establecimiento de un sistema administrativo integral de aplicación de la ley en los campos de gestión urbana, supervisión de mercados, medio ambiente ecológico, mercado cultural, transporte, gestión de emergencias, agricultura, etc., y centraliza relativamente facultad sancionadora administrativa.

El Consejo de Estado o los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán decidir que un organismo administrativo ejerza la facultad de sanción administrativa del organismo administrativo correspondiente.

La facultad de sanción administrativa para restringir la libertad personal sólo puede ser ejercida por los órganos de seguridad pública y demás órganos que determine la ley.

Artículo 19 Las organizaciones autorizadas por leyes y reglamentos para gestionar los asuntos públicos podrán imponer sanciones administrativas dentro del ámbito de la autorización legal.

Artículo 20: De conformidad con lo dispuesto en las leyes, reglamentos y normas, los órganos administrativos podrán, dentro de sus competencias estatutarias, encomendar por escrito a una organización que cumpla con las condiciones especificadas en el artículo 21 de esta Ley la ejecución de tareas administrativas. sanciones. Las agencias administrativas no pueden confiar a otras organizaciones o individuos la implementación de sanciones administrativas.

El poder deberá especificar las materias específicas encomendadas, facultades, plazo, etc. La agencia administrativa encargada y la organización encargada publicarán la carta de autorización al público.

La agencia administrativa encargada es responsable de supervisar la implementación de sanciones administrativas por parte de la organización encargada y asumirá la responsabilidad legal por las consecuencias de tal comportamiento.

La organización encargada implementará sanciones administrativas en nombre de la agencia administrativa encargada dentro del alcance de la encomienda; no confiará a otras organizaciones o individuos para implementar sanciones administrativas.

Artículo 21 La organización encomendada deberá cumplir las siguientes condiciones:

(1) Estar constituida de conformidad con la ley y tener la función de gestionar los asuntos públicos;

(2) Contar con personal que esté familiarizado con las leyes, reglamentos, normas y negocios pertinentes y que haya obtenido calificaciones administrativas para hacer cumplir la ley;

(3) Si se requiere inspección técnica o evaluación técnica, la inspección técnica correspondiente o tasación técnica se organizará con condiciones.

Capítulo 4 Jurisdicción y Aplicación de Sanciones Administrativas

Artículo 22 Las sanciones administrativas estarán bajo la jurisdicción del organismo administrativo donde se produce el acto ilícito. Si las leyes, reglamentos administrativos y normas departamentales dispusieran lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.

Artículo 23 Las sanciones administrativas estarán bajo la jurisdicción de los órganos administrativos de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior. Si las leyes y reglamentos administrativos dispusieran lo contrario, prevalecerán dichas disposiciones.

Artículo 24 Las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del gobierno central podrán, en función de las condiciones locales reales, decidir encomendar los poderes de sanción administrativa a los departamentos gubernamentales populares a nivel de condado que se necesitan con urgencia para la gestión de base. a los gobiernos populares de los municipios y a los servicios de calle que puedan asumir eficazmente la responsabilidad, y organizar evaluaciones periódicas. La decisión debería hacerse pública.

Los gobiernos populares de los municipios y las oficinas de subdistrito que tienen el poder de imponer sanciones administrativas deben fortalecer las capacidades de aplicación de la ley e implementar sanciones administrativas de acuerdo con el alcance y los procedimientos legales prescritos.

Los gobiernos populares locales relevantes y sus departamentos deben fortalecer la coordinación organizacional, la orientación empresarial y la supervisión de la aplicación de la ley, establecer y mejorar los mecanismos de coordinación de sanciones administrativas y mejorar los sistemas de evaluación y evaluación.

Artículo 25: Si dos o más órganos administrativos tienen competencia, el órgano administrativo tendrá competencia en primer lugar.

Cualquier disputa jurisdiccional se resolverá mediante negociación. Si la negociación fracasa, el asunto se informará a la agencia administrativa superior del mismo nivel para la designación de jurisdicción, también podrá ser designado directamente por la agencia administrativa superior;

Artículo 26: Los órganos administrativos podrán solicitar a los órganos pertinentes que colaboren en la aplicación de las sanciones administrativas. Si los asuntos de asistencia caen dentro del ámbito de competencia de la agencia solicitada, la asistencia se brindará de conformidad con la ley.

Artículo 27: Si un acto ilegal se sospecha que constituye un delito, el organismo administrativo trasladará sin demora el caso al organismo judicial e investigará la responsabilidad penal de conformidad con la ley.

Si no es necesario exigir responsabilidad penal o estar exento de pena penal de conformidad con la ley, pero sí se deben imponer sanciones administrativas, los órganos judiciales deben transferir rápidamente el caso a los órganos administrativos pertinentes.

Los organismos de ejecución de sanciones administrativas y los órganos judiciales deben fortalecer la coordinación y la cooperación, establecer y mejorar el sistema de transferencia de casos, fortalecer la transferencia y recepción de materiales de prueba y mejorar el mecanismo de notificación de información sobre el manejo de casos.

Artículo 28 Cuando el órgano administrativo imponga una sanción administrativa, ordenará al interesado corregir o corregir la conducta ilícita dentro de un plazo.

Si los interesados ​​tuvieran ganancias ilícitas, serán confiscadas excepto aquellas que deban ser restituidas conforme a la ley. Las ganancias ilegales se refieren al dinero obtenido de la comisión de actos ilegales. Si las leyes, reglamentos administrativos y normas departamentales tuviesen otras disposiciones sobre el cálculo de los ingresos ilícitos, prevalecerán dichas disposiciones.

Artículo 29: No se impondrá sanción administrativa de multa más de dos veces por un mismo acto ilícito cometido por una parte. Si un mismo acto ilícito viola múltiples normas jurídicas y debe ser multado, la sanción se ajustará a lo dispuesto en materia de multas elevadas.

Artículo 30 Si un menor de 14 años comete un acto ilícito, no estará sujeto a sanción administrativa, y su tutor estará obligado a disciplinarlo si es menor de 14 años; pero un menor de 18 años comete un acto ilícito, será sancionado con sanciones administrativas más leves o reducidas.

Artículo 31 Si los enfermos mentales y las personas con discapacidad mental cometen actos ilegales cuando no pueden identificar o controlar su propio comportamiento, no estarán sujetos a sanción administrativa, pero se ordenará a sus tutores que vigilen estrictamente y tratarlos. Si un enfermo mental intermitente comete actos ilegales estando en un estado de ánimo normal, se le impondrán sanciones administrativas. Si una persona con enfermedad mental o retraso mental que no ha perdido por completo la capacidad de identificar o controlar su propio comportamiento comete actos ilegales, se le puede imponer una sanción administrativa más leve o reducida.

Artículo 32: Se impondrá sanción administrativa más leve o reducida a quien incurra en alguna de las siguientes circunstancias:

(1) Tomar la iniciativa para eliminar o reducir las consecuencias nocivas de actos ilegales;

(2) Ser coaccionado o engañado por otros para cometer actos ilegales;

(3) Tomar la iniciativa de confesar actos ilegales que la agencia administrativa aún no ha captado;

(4) Cooperar con la administración La agencia ha realizado un servicio meritorio en la investigación y sanción de actos ilegales;

(5) Otras leyes, reglamentos y normas estipulan que las sanciones administrativas deben ser más leves o reducido.

Artículo 33 Si la infracción es leve y se corrige oportunamente sin causar consecuencias perjudiciales, no se impondrá ninguna sanción administrativa. Si la infracción se comete por primera vez y las consecuencias perjudiciales son menores y se corrigen oportunamente, no se podrán imponer sanciones administrativas.

Si el interesado tuviere pruebas suficientes que demuestren que no tiene culpa subjetiva, no estará sujeto a sanción administrativa. Si las leyes y reglamentos administrativos dispusieran lo contrario, prevalecerán dichas disposiciones.

Si no se imponen sanciones administrativas a las partes por sus actos ilícitos conforme a la ley, los órganos administrativos deberán educar a las partes.

Artículo 34 Los órganos administrativos podrán formular normas para la discrecionalidad de las sanciones administrativas de conformidad con la ley y regular el ejercicio de la discrecionalidad de las sanciones administrativas. La base discrecional de las sanciones administrativas se anunciará al público.

Artículo 35: Cuando un hecho ilícito constituya delito y el tribunal popular condene a la persona a prisión penal o prisión por tiempo determinado, y el órgano administrativo haya dictado a la parte prisión administrativa, se le reducirá la pena correspondiente. de conformidad con la ley.

Cuando un acto ilícito constituya delito y el tribunal popular imponga una multa, si el organismo administrativo ya la ha impuesto al interesado, se compensará la multa correspondiente si el organismo administrativo no la ha impuesto; una multa al interesado, no se impondrá ninguna multa.

Artículo 36 Si un acto ilícito no se descubre en el plazo de dos años, no se impondrá ninguna sanción administrativa si afecta a la seguridad de la vida y la salud de los ciudadanos, la seguridad financiera y consecuencias perjudiciales, el plazo anterior se ampliará a cinco años. Salvo que la ley disponga lo contrario.

El plazo señalado en el párrafo anterior se computará a partir de la fecha de ocurrencia del acto ilícito, si el acto ilícito es continuo o continuado, se computará a partir de la fecha de finalización del acto; .

Artículo 37: La ejecución de las sanciones administrativas se aplicará a las leyes, reglamentos y normas vigentes en el momento en que ocurrió el acto ilícito. Sin embargo, cuando se haya dictado la decisión de sanción administrativa, se hayan modificado o derogado leyes, reglamentos y reglas, y si los nuevos reglamentos son más leves o no se consideran ilegales, se aplicarán los nuevos reglamentos.

Artículo 38 Son nulas las sanciones administrativas que no tengan fundamento o el sujeto no tenga las calificaciones para ser sujeto administrativo.

Si la infracción de los procedimientos legales constituye una infracción grave y manifiesta de la ley, las sanciones administrativas serán nulas.