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Disposiciones legales en materia de maltrato infantil

Análisis jurídico: Las disposiciones jurídicas sobre maltrato infantil son las siguientes: El delito de maltrato infantil se refiere a los frecuentes golpes, regaños, ataduras, congelación y hambre, restricción de la libertad, humillación de la personalidad, rechazo de tratamiento médico u obligación de trabajo excesivo a miembros de la familia que viven con * * * y otros medios para llevar a cabo actos atroces de tortura y persecución física y mental. Quienes maltraten a miembros de su familia, si las circunstancias son graves, serán sancionados con pena privativa de libertad no superior a dos años, prisión criminal o vigilancia pública. El que cometa el delito del párrafo anterior y cause lesiones graves o la muerte, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de dos años ni mayor de siete años. El delito previsto en el párrafo 1 sólo se abordará si la víctima no puede presentar una queja o no puede hacerlo debido a coerción o intimidación.

Base jurídica: Artículo 260 de la "Ley Penal de la República Popular China" Quien abuse de un miembro de su familia, si las circunstancias son graves, será condenado a pena de prisión de duración determinada no superior a dos años. , detención penal o vigilancia pública.

Quien cometa el delito del párrafo anterior y cause lesiones graves o la muerte, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de dos años ni mayor de siete años.

Para el delito del párrafo 1, excepto cuando la víctima no pueda quejarse o no pueda quejarse debido a coerción o intimidación, sólo se tratará a aquellos que se quejen. Artículo 260-1 Quien abuse de los pupilos, de los ancianos, de los enfermos o de los discapacitados, si las circunstancias son graves, será condenado a pena de prisión determinada no superior a tres años o a prisión penal.

Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, dicha unidad será multada, y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.

Quien cometa los actos enumerados en el apartado 1 y constituya además otros delitos será condenado y castigado de conformidad con las disposiciones sobre penas más severas.