Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - El período máximo de suscripción de un valor no podrá exceder

El período máximo de suscripción de un valor no podrá exceder

La duración no supera los 90 días.

El período más largo de venta de agencia y suscripción de valores no excederá de noventa días. El plazo máximo para la enajenación y suscripción de valores no excederá de noventa días. Durante la emisión de valores, el plazo de consignación o suscripción no podrá exceder de 90 días. Las ventas y suscripción de agencias de valores se refieren al comportamiento de las compañías de valores u otras instituciones que venden valores a inversores en nombre del emisor. Las empresas de valores deben completar las tareas de ventas dentro de un período específico.