Nuevas regulaciones sobre la gestión de vehículos eléctricos en Xiangyang
Base legal: "Reglamento de gestión de vehículos eléctricos de la ciudad de Xiangyang (proyecto)"
El artículo 1 tiene como objetivo fortalecer la gestión de vehículos eléctricos, garantizar un tráfico por carretera seguro y fluido y proteger a los ciudadanos. personas jurídicas y otras organizaciones Estos reglamentos están formulados de acuerdo con las leyes y reglamentos pertinentes y la situación real de esta ciudad.
Artículo 2 El presente reglamento se aplica a la producción, venta, registro, archivo, paso y estacionamiento de vehículos eléctricos dentro del área administrativa de esta ciudad.
Artículo 3 Los vehículos eléctricos mencionados en este Reglamento incluyen bicicletas eléctricas, sillas de ruedas eléctricas, ciclomotores eléctricos, motocicletas eléctricas y vehículos eléctricos.
Una bicicleta eléctrica se refiere a una bicicleta eléctrica que utiliza la batería de un vehículo como fuente de energía auxiliar, tiene una velocidad máxima no superior a 25 kilómetros por hora, una masa del vehículo no superior a 55 kilogramos, una voltaje de batería de no más de 48 voltios y un motor con una potencia nominal de salida continua de no más de 400 vatios. Bicicleta de dos ruedas. Tiene capacidad de pedaleo y puede realizar funciones de asistencia eléctrica o de accionamiento eléctrico.
Una silla de ruedas eléctrica se refiere a un dispositivo de movilidad personal con ruedas y soporte para el asiento, operado por el usuario o cuidador, impulsado por uno o más motores, y que puede controlar la velocidad eléctricamente. Las personas discapacitadas pueden utilizarlo de forma manual o eléctrica. Se utiliza la dirección.
Un ciclomotor eléctrico se refiere a un vehículo de carretera de dos o tres ruedas (excepto bicicletas eléctricas) impulsado por un dispositivo eléctrico, con una velocidad máxima de diseño no superior a 50 kilómetros por hora y una potencia nominal total no superior a 4 kilovatios.
Una motocicleta eléctrica se refiere a un vehículo de carretera de dos o tres ruedas impulsado por un dispositivo eléctrico, con una velocidad máxima de diseño superior a 50 kilómetros por hora y una potencia nominal total del motor superior a 4 kilovatios.
Los vehículos eléctricos se refieren a vehículos de carretera no ferroviarios de cuatro o más ruedas impulsados por dispositivos eléctricos.