Se tomaron medidas coercitivas penales.
Estar sujeto a medidas coercitivas penales no necesariamente resulta en una pena de prisión. Después de que se tomen medidas criminales obligatorias contra un sospechoso de un delito, el órgano de seguridad pública responsable de la investigación llevará a cabo una investigación primero. Si no constituye un delito, se retirará el caso; será trasladado al órgano fiscal para su revisión si se considera que no constituye delito, será devuelto al organismo de investigación y se levantará el caso correspondiente si se considera que se ha cometido delito; constituido, será llevado ante los tribunales, y el tribunal decidirá si constituye un delito y si se impondrá una pena.
Objetividad jurídica:
Artículo 12 de la "Ley de Procedimiento Penal": Nadie podrá ser condenado sin sentencia del tribunal popular conforme a la ley. Artículo 200 Después de que el imputado haga su declaración final, el juez que preside aplaza la audiencia y la sala colegiada, después de deliberar con base en los hechos, las pruebas y las disposiciones legales pertinentes, dicta la siguiente sentencia: (1) Los hechos del caso son claros, la evidencia es confiable y suficiente, y el acusado es declarado culpable de acuerdo con la ley (2) Si el acusado es declarado inocente de acuerdo con la ley, se emitirá un veredicto de no culpabilidad (3) Si no se puede encontrar al acusado; culpable por insuficiencia de pruebas, se emitirá un veredicto de no culpabilidad por insuficiencia de pruebas y no se podrá establecer el veredicto de culpabilidad.