¿Alguien tiene el texto completo de la última ley de herencia de 2009?
Aunque no es la nueva ley de sucesiones 09 como imaginabas, espero que te pueda ayudar. Sólo puedo asegurarles que esta es la última ley de sucesiones en este momento.
Anexo: "Ley de Sucesión de la República Popular China"
Artículo 1 El objetivo legislativo es proteger los derechos de herencia de la propiedad privada de los ciudadanos y esta ley se formula de conformidad con las disposiciones de la "Constitución de la República Popular China".
La segunda herencia comienza con la muerte del causante.
Artículo 3 Alcance de la herencia: la herencia es la propiedad personal legal que deja un ciudadano cuando muere, incluyendo:
los ingresos del ciudadano;
(2) los ingresos del ciudadano; casa, ahorros y artículos de primera necesidad;
(3) Árboles, ganado y aves de corral de los ciudadanos;
(4) Reliquias, libros y materiales culturales de los ciudadanos;
(5) Los medios de producción que los ciudadanos pueden poseer por ley;
(6) Los derechos de propiedad de los ciudadanos sobre derechos de autor y derechos de patente;
(7) Otras propiedades legales de los ciudadanos.
Artículo 4 Las rentas obtenidas por una persona física en razón de una relación contractual con un heredero se heredarán de conformidad con lo dispuesto en esta Ley. En el caso de contratos individuales, si al heredero se le permite continuar el contrato de acuerdo con la ley, el contrato se tramitará de conformidad con el contrato.
Artículo 5: Iniciado el método sucesorio, se tratará según la herencia legal; si hay testamento, se heredará o legará según el testamento; si hay legado y manutención; acuerdo, se manejará de acuerdo con el acuerdo.
Artículo 6 Las personas sin capacidad de obrar y las personas con capacidad de obrar limitada ejercerán el derecho de herencia y el derecho a recibir legados. Los derechos sucesorios y legatarios del incapacitado serán ejercidos por su representante legal.
Los derechos sucesorios y de legado de una persona con capacidad limitada serán ejercidos por su representante legal, o con el consentimiento de su representante legal.
Artículo 7: El heredero que pierde el derecho a heredar perderá su derecho a heredar si comete cualquiera de los siguientes actos:
(1) Matar intencionalmente al causante;
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(2) Actuar para luchar por los derechos de herencia y matar a otros herederos;
(3) Abandonar al difunto o maltratar gravemente al difunto;
(4) Falsificar , alterar o destruir testamentos, y las circunstancias son graves.
Artículo 8 El plazo para interponer demandas en materia de derechos sucesorios es de dos años, contados a partir del día en que el heredero sabe o debe saber que sus derechos han sido vulnerados. Sin embargo, no podrá interponerse acción alguna pasados veinte años del inicio de la herencia.
Artículo 9 Hombres y mujeres tienen iguales derechos a la herencia.
Artículo 10 El alcance y orden de la herencia de los herederos será el siguiente:
Primer orden: cónyuge, hijos, padres.
Segundo orden: hermanos, abuelos, abuelos maternos.
Una vez iniciada la herencia, el heredero de primer orden heredará y el heredero de segundo orden no heredará. Si no hay heredero de primer orden, heredará el heredero de segundo orden.
Los hijos mencionados en esta ley incluyen hijos legítimos, hijos ilegítimos, hijos adoptados e hijastros dependientes.
Los padres a los que se refiere esta ley incluyen a los padres biológicos, padres adoptivos y padrastros con una relación de apoyo.
Los hermanos y hermanas mencionados en esta ley incluyen hermanos y hermanas de los mismos padres, medio hermanos y hermanas, hermanos y hermanas adoptados y hermanastros y hermanas con relaciones de dependencia.
Artículo 11 Subrogación: Si los hijos del causante mueren antes que él, heredarán por subrogación los parientes consanguíneos directos de los hijos del causante. Por lo general, un heredero subrogado sólo puede heredar la parte de la herencia a la que tiene derecho su padre o su madre.
Artículo 12: Derechos sucesorios de la nuera y del yerno viudos. Si una nuera viuda ha cumplido sus obligaciones principales de manutención para con sus suegros y un yerno viudo ha cumplido sus obligaciones principales de manutención para con sus suegros, se considerará como la primer heredero.
Artículo 13 En la distribución de la herencia, las partes de la herencia de los herederos en el mismo orden deben ser generalmente iguales.
A la hora de distribuir la herencia se debe tener en cuenta a los herederos con especiales dificultades y falta de capacidad laboral.
Los herederos que hayan cumplido las principales obligaciones alimentarias del causante o que vivan con él podrán recibir más acciones al distribuir el patrimonio.
Si un heredero que tiene capacidad y condiciones para sustentar incumple su obligación de sustentar, la herencia no se dividirá ni dividirá.
Si los herederos se ponen de acuerdo mediante consulta, también pueden ser desiguales.
Artículo 14. El derecho a compartir la herencia según corresponda puede distribuirse a las personas mantenidas por el fallecido que no tienen capacidad para trabajar y no tienen medios de subsistencia, o a personas que están en mejores condiciones de sustentar al fallecido que los herederos.
Artículo 15 Métodos de sucesión Los herederos negociarán y resolverán las cuestiones de herencia en un espíritu de comprensión mutua, acomodación mutua, armonía y unidad. El momento, el método y las partes de la división de la herencia los determinan los herederos mediante negociación. Si la negociación fracasa, el Comité Popular de Mediación puede mediar o presentar una demanda ante el Tribunal Popular.
Artículo 16 Disposiciones Generales sobre Testamentos y Sucesiones Los ciudadanos podrán otorgar testamento, disponer de bienes muebles de conformidad con las disposiciones de esta ley y podrán nombrar un albacea.
Los ciudadanos pueden otorgar testamento y entregar sus bienes muebles a uno o varios herederos legales.
Los ciudadanos pueden otorgar testamento para donar bienes muebles al Estado, a colectividades o a personas distintas de los herederos legales.
Artículo 17 La forma del testamento deberá ser protocolizada por notario público.
El testamento redactado por él mismo debe ser escrito y firmado por el testador, indicando el año, mes y día.
El testamento que se encomiende escribir a nombre de otros deberá ser presenciado por dos o más testigos, y uno de ellos deberá escribir en nombre del testamento, indicando el año, mes y día, y firmado por el agente, los demás testigos y el testador.
Si el testamento se otorga mediante grabación, éste deberá ser presenciado por dos o más testigos.
Un testador puede hacer un testamento oral en caso de emergencia. Un testamento oral debe ser presenciado por dos o más testigos. Una vez resuelta la situación de emergencia, si el testador puede hacer un testamento en forma escrita o registrada, el testamento oral no será válido.
Artículo 18 Testigos de Testamento No pueden actuar como testigos de testamento:
(1) Las personas sin capacidad o con capacidad limitada;
( 2) Los herederos y legatarios;
(3) Las personas que tienen intereses en herederos y legatarios.
El artículo 19 de la reserva especial establece que el testamento reservará la parte necesaria de la herencia a los herederos que carezcan de capacidad para trabajar y no tengan fuente de ingresos.
Artículo 20 El testador puede revocar o modificar el testamento.
Existen varios testamentos. Si los contenidos discrepan, prevalecerá el último.
Un testamento notarial no puede ser revocado ni alterado si está escrito por mí, escrito por otros, grabado o dictado.
Artículo 21 La herencia testamentaria o el legado con obligaciones será ejecutada por el heredero o legatario. Si la persona incumple sus obligaciones sin motivos justificables, el Tribunal Popular podrá, a petición de la unidad o individuo pertinente, revocar su derecho a aceptar la herencia.
Artículo 22 El testamento es nulo. No es válido el testamento otorgado por persona sin capacidad o con capacidad limitada.
Un testamento debe expresar la verdadera intención del testador. Un testamento hecho bajo coacción o engaño es nulo.
Un testamento falsificado no es válido.
Si se altera el testamento, el contenido alterado no será válido.
Artículo 23 Notificación del Inicio de la Sucesión Después del inicio de la herencia, el heredero que tenga conocimiento de la muerte del causante deberá notificar prontamente a los demás herederos y al albacea. Si el heredero desconoce la muerte del causante o tiene conocimiento de la muerte del causante y no puede notificarlo, el comité de vecinos o comité de aldea de la unidad donde trabajó el causante durante su vida será responsable de la notificación. .
Artículo 24 El legatario conservará debidamente la herencia y no se apropiará ni malversará de ella.
Artículo 25 Después de iniciada la herencia, si el heredero renuncia a ella, deberá hacer señal de renuncia antes de administrar la herencia. Si no hay indicación, se tendrá por aceptada la herencia.
El legatario deberá, dentro de los dos meses siguientes a tener conocimiento del legado, manifestar su aceptación o renuncia al mismo. Si no hay indicio de caducidad, la herencia se tendrá por abandonada.
Artículo 26 Determinación de la herencia Salvo pacto en contrario, cuando se divida la herencia, el * * * ganado por los cónyuges durante el matrimonio y la mitad de los bienes totales pertenecerán al cónyuge, y el resto pertenecerá al legado del causante.
Si la herencia es propiedad de la familia, cuando se divide la herencia, se deben dividir primero los bienes de otras personas.
Artículo 27: Si el ámbito de aplicación de la herencia legal cae en alguna de las siguientes circunstancias, la parte correspondiente de la herencia se tratará de conformidad con la herencia legal:
(1 ) El testador renuncia a la herencia o acepta un legado La persona abandona el legado;
(2) El testador pierde el derecho de herencia;
(3) El testador o el legatario muere ante el testador;
(4) Legados involucrados en la parte inválida del testamento;
(5) Legado no tratado en el testamento.
Artículo 28 Si el feto retiene su parte de la herencia para la división, se retendrá su parte de herencia. Si el feto muere al nacer, la parte retenida se gestionará según la herencia legal.
Artículo 29: Normas y métodos para la división de la herencia. La división de la herencia debe favorecer las necesidades de producción y de vida sin perjudicar la utilidad de la herencia.
La herencia que no sea susceptible de división podrá tramitarse en forma de descuento, compensación adecuada o posesión.
Artículo 30: Derecho a disponer de los bienes heredados al volverse a casar. Si uno de los cónyuges se vuelve a casar después de la muerte del otro, tiene derecho a disponer de los bienes heredados y nadie puede interferir.
Artículo 31 Los ciudadanos podrán firmar un acuerdo de apoyo al legado con sus cuidadores. Según el acuerdo, el cuidador asume las obligaciones de vida, manutención y sepelio del ciudadano, y goza del derecho a recibir legados.
Los ciudadanos pueden firmar un acuerdo de apoyo heredado con una organización de propiedad colectiva. Según el acuerdo, las organizaciones de propiedad colectiva asumen las obligaciones de vida, manutención y entierro de los ciudadanos, y disfrutan del derecho a recibir legados.
Artículo 32: La herencia que no ha sido heredada ni legada pertenece al Estado. Si el causante fuese miembro de una entidad de propiedad colectiva durante su vida, será propiedad de la entidad de propiedad colectiva a la que pertenezca.
Artículo 33: Para liquidar las deudas al heredar un patrimonio, se liquidarán los impuestos y deudas que conforme a la ley deba pagar el causante. Los impuestos y deudas cancelados se limitarán al valor real de la misma. la herencia. La parte que exceda del valor real de la herencia será reembolsada voluntariamente por los herederos.
Si el heredero renuncia a la herencia, no necesita soportar los impuestos y deudas que el causante debe pagar según la ley.
Artículo 34: Legado y Liquidación de Deudas La ejecución de un legado no impedirá el pago de los impuestos y deudas que el legatario deberá pagar conforme a la ley.
Artículo 35: Disposiciones modificadas o complementarias en las zonas étnicas autónomas. El Congreso Popular de las zonas étnicas autónomas podrá, de conformidad con los principios de esta Ley y en atención a las circunstancias específicas de la herencia de bienes étnicos locales. regulaciones modificadas o complementarias. Las regulaciones de la región autónoma se informarán al Comité Permanente de la Asamblea Popular de la APN para su registro. Los reglamentos de las prefecturas y condados autónomos entrarán en vigor tras la aprobación del Comité Permanente del Congreso Popular de la provincia o región autónoma y se informarán al Comité Permanente de la APN para su registro.
Artículo 36 Para la herencia relacionada con el extranjero de la herencia de ciudadanos chinos fuera del territorio de la República Popular China o la herencia de extranjeros dentro del territorio de la República Popular China, la ley del lugar donde a los bienes muebles esté domiciliado el causante, y a los bienes inmuebles la ley del lugar donde esté situado el inmueble.
Cuando un extranjero herede la herencia dentro del territorio de la República Popular China o la herencia de un ciudadano chino fuera del territorio de la República Popular China, se aplicará la ley del lugar donde tenga su domicilio el causante. a los bienes muebles se aplicará la ley sobre bienes inmuebles y a los bienes inmuebles.
Si la República Popular China tuviere tratados o convenios con países extranjeros, se tratará de conformidad con lo dispuesto en el tratado o convenio.
Artículo 37 La presente Ley entrará en vigor el 1 de octubre de 1985.