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Sobre la relación entre relaciones económicas y relaciones económicas jurídicas.

Relaciones jurídicas económicas y relaciones económicas

Las relaciones jurídicas económicas deben ser diferentes de las relaciones económicas reguladas por el derecho económico.

En primer lugar, las relaciones jurídicas económicas son relaciones de derechos y obligaciones confirmadas por el derecho económico después de ajustar relaciones económicas específicas. Las relaciones económicas son relaciones de interés material objetivamente existentes. El primero pertenece a la categoría de superestructura; el segundo pertenece a la categoría de base económica.

En segundo lugar, las relaciones económicas y jurídicas deben estar protegidas por la ley, y las relaciones económicas deben regirse por leyes económicas objetivas.

Finalmente, la existencia de relaciones jurídicas económicas se basa en la existencia de derecho económico; la existencia de relaciones económicas no se basa en la existencia de derecho, sino que existe objetivamente.