El demandado en un proceso administrativo será juzgado conjuntamente por la unidad administrativa y el gobierno popular municipal y el tribunal del demandado. La primera instancia debería ser el tribunal de primera instancia.
Los procesamientos por unidades administrativas y gobiernos populares municipales están bajo la jurisdicción del Tribunal Popular Intermedio.
Base jurídica:
Artículo 15 de la “Ley de lo Contencioso Administrativo” El Tribunal Popular Intermedio tiene competencia para conocer de los siguientes casos administrativos de primera instancia:
(1 ) Casos administrativos en el extranjero bajo el Consejo de Estado Casos que involucran acciones administrativas de departamentos o gobiernos populares locales a nivel de condado o superior;
(2) Casos manejados por la aduana;
(3) Casos importantes y complejos dentro de la jurisdicción.
(4) Otros casos que la ley determine que serán competencia del Tribunal Popular Intermedio.