¿El software pertenece a la propiedad intelectual?
1. En cualquiera de las siguientes circunstancias, el autor gozará del derecho de autoría, y los demás derechos de autor serán disfrutados por las personas jurídicas u organizaciones no incorporadas, y las personas jurídicas u organizaciones no incorporadas podrán recompensar al autor. :
1. Dibujos de diseño de ingeniería, dibujos de diseño de productos, mapas, diagramas esquemáticos, software de computadora, etc. , creado principalmente utilizando las condiciones materiales y técnicas de personas jurídicas u organizaciones no incorporadas, y a cargo de personas jurídicas u organizaciones no incorporadas
2 Creado por personal de periódicos, publicaciones periódicas, agencias de noticias, estaciones de radio y televisión; estaciones Obras para el empleo;
3. Obras para el empleo cuyos derechos de autor disfrutan las personas jurídicas u organizaciones sin personalidad jurídica de conformidad con las leyes, reglamentos administrativos o acuerdos contractuales.
2. En las siguientes circunstancias, la obra se puede utilizar sin el permiso del propietario de los derechos de autor y sin pago de remuneración al propietario de los derechos de autor, pero se conservará el nombre del autor y el título de la obra. indicado, y el uso normal de la obra no se verá afectado ni el propietario de los derechos de autor se verá razonablemente perjudicado. Derechos e intereses legítimos:
1. Utilizar trabajos publicados por otras personas para estudio, investigación o apreciación personal. /p>
2. Para presentar, comentar una determinada obra o explicar un determinado tema, en la obra citar adecuadamente los trabajos publicados de otros;
3. es inevitable reimprimir o citar trabajos publicados en periódicos, publicaciones periódicas, estaciones de radio, estaciones de televisión y otros medios;
4. que involucren temas políticos, económicos y religiosos que hayan sido publicados por otros periódicos, publicaciones periódicas, estaciones de radio, estaciones de televisión y otros medios, pero el propietario de los derechos de autor declara que no publicarán, excepto aquellos que sean transmitidos
5. Los periódicos, publicaciones periódicas, estaciones de radio, estaciones de televisión y otros medios de comunicación publican o transmiten discursos pronunciados en reuniones públicas, excepto cuando el autor declara que no se permite su publicación o transmisión;
6. , adaptar, reunir, difundir o copiar un pequeño número de trabajos publicados para su uso en la enseñanza en las aulas escolares o en la investigación científica, pero no para su publicación y distribución;
7. un alcance razonable;
8. Bibliotecas, archivos, salas conmemorativas, museos, galerías de arte, centros culturales, etc. Copiar las obras recopiladas por el museo con fines de exhibición o conservación;
9. Realizar obras publicadas de forma gratuita, sin cobrar honorarios al público, sin pagar a los artistas intérpretes o ejecutantes y sin fines de lucro.
10. Copiar, pintar, fotografiar y grabar en video obras de arte instaladas o exhibidas en lugares públicos.
11. Informar a ciudadanos chinos, personas jurídicas u organizaciones no incorporadas en el idioma nacional común. Las obras publicadas están traducidas al idioma nacional. lenguas de minorías étnicas y publicadas a nivel nacional;
12. Proporcionar obras publicadas a las personas con dislexia de manera accesible y que puedan percibir
13. regulaciones.
Base legal: Artículo 3 de la Ley de Derecho de Autor de la República Popular China* * *Las obras a que se refiere esta ley se refieren a propiedad intelectual que es original y puede expresarse de una forma determinada en los campos de literatura, arte, ciencia, etc. Los logros incluyen:
(1) Obras escritas
(2) Obras orales
(3) Música; obras de teatro, arte popular, danza y acrobacias;
(4) Obras de arte y arquitectura
(5) Obras fotográficas
(6) Audio; -trabajos visuales;
( 7) trabajos gráficos y trabajos de modelos, como dibujos de diseño de ingeniería, dibujos de diseño de productos, mapas, diagramas esquemáticos;
(8) software informático;
(9) Otros logros intelectuales que se ajusten a las características de la obra.