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¿Tiene un niño adoptado una obligación de manutención hacia sus padres biológicos?

Los niños adoptados generalmente no tienen la obligación legal de mantener a sus padres biológicos. Una vez establecida la relación de adopción, se termina la relación jurídica entre el niño y los padres biológicos y se establece una nueva relación legal entre padres e hijos con los padres adoptivos.

En primer lugar es necesario aclarar el significado jurídico de la relación de adopción. La adopción, como acto jurídico, tiene como objetivo establecer la relación entre padres e hijos a través de procedimientos legales. El establecimiento de esta relación no sólo significa que el niño ha obtenido el mismo estatus jurídico, derechos y obligaciones que los padres adoptivos, sino que también significa que se ha roto la relación jurídica entre el niño y los padres biológicos.

En la mayoría de ordenamientos jurídicos, el establecimiento de una relación de adopción va acompañado de una serie de consecuencias jurídicas. Lo más destacable es que una vez establecida la relación de adopción, terminan los derechos y obligaciones entre el niño y los padres biológicos. Esto significa que, a menos que las partes acuerden lo contrario o acuerden lo contrario, los niños adoptados ya no tienen obligaciones legales para con sus padres biológicos, incluidas obligaciones de manutención.

Al mismo tiempo, se establece una nueva relación legal entre padres e hijos entre el niño adoptado y los padres adoptivos. Esta relación otorga a los niños los mismos derechos y obligaciones que los padres adoptivos, incluidas, entre otras, las obligaciones de herencia, tutela y manutención. Por lo tanto, desde el punto de vista jurídico, los niños adoptados deberían tener la obligación de mantener a sus padres adoptivos, no a sus padres biológicos.

Sin embargo, vale la pena señalar que, aunque los niños adoptados legalmente no tienen obligaciones de manutención hacia sus padres biológicos, en la vida real, los sentimientos personales y la moral social pueden tener un impacto en esto. Algunas personas pueden optar por brindar algún apoyo material o espiritual a sus padres biológicos por sentimientos personales o consideraciones morales. Sin embargo, este apoyo no es una obligación legal sino que se basa en una elección personal, voluntaria y moral.

En resumen:

Los niños adoptados generalmente no tienen obligación legal de mantener a sus padres biológicos, porque el establecimiento de la relación de adopción rompe la relación legal entre los niños y sus padres biológicos. Los niños deben tener la obligación de mantener a sus padres adoptivos. Sin embargo, factores como los sentimientos personales y la moralidad social pueden incitar a los niños adoptados a brindar cierto apoyo a sus padres biológicos, pero esto no es obligatorio por ley.

Base jurídica:

Código Civil de la República Popular China

El artículo 111 estipula:

Los derechos y obligaciones de los padres adoptivos y los hijos adoptados, a partir de la fecha de establecimiento de la relación de adopción, se aplicarán las disposiciones de esta Ley sobre la relación entre padres e hijos; los derechos y obligaciones de los hijos adoptados y sus padres serán aplicables a las disposiciones de esta Ley sobre la relación; entre los hijos y los parientes cercanos de sus padres.

Los derechos y obligaciones entre los niños adoptados y sus padres biológicos y otros familiares cercanos quedan eliminados por el establecimiento de la relación de adopción.

Ley de Adopción de la República Popular China

El artículo 23 estipula:

Los derechos y obligaciones entre los padres adoptivos y los niños adoptados a partir de la fecha de establecimiento de la relación de adopción Se aplicarán las disposiciones de la "Ley de relaciones entre padres e hijos"; los derechos y obligaciones entre los niños adoptados y los parientes cercanos de los padres adoptivos se regirán por las disposiciones de la "Ley de hijos y parientes cercanos de los padres".

Los derechos y obligaciones entre los hijos adoptados y los padres biológicos se eliminan con el establecimiento de la relación de adopción.