La acción administrativa es el acto de ejecutar la ley.
La sanción administrativa es un acto administrativo específico. Las sanciones administrativas se refieren a actuaciones administrativas específicas en las que los sujetos administrativos, de acuerdo con las facultades y procedimientos legales, imponen sanciones administrativas a las contrapartes que violen las normas del derecho administrativo y no constituyan delitos. Los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones que no estén satisfechos con las sanciones administrativas tienen derecho a solicitar una reconsideración administrativa o iniciar un litigio administrativo de conformidad con la ley.
Objetividad jurídica:
El artículo 56 de la “Ley de lo Contencioso Administrativo” establece que la ejecución de actos administrativos no se suspenderá durante el litigio. Sin embargo, si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, se dictará sentencia para suspender la ejecución: (1) El demandado considera que es necesario suspender la ejecución (2) El demandante o interesado solicita la suspensión de la ejecución, y el tribunal popular; cree que la ejecución del acto administrativo causará daños irreparables, la suspensión de la ejecución no dañará los intereses públicos nacionales y sociales (3) el tribunal popular cree que la implementación del acto administrativo causará un daño significativo a los intereses nacionales y sociales; intereses públicos; (4) la suspensión de la ejecución está estipulada por leyes y reglamentos. Si una parte no está satisfecha con la decisión de suspender o no la ejecución, podrá solicitar una reconsideración una vez.