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Sin embargo, la disputa está casi resuelta, así que simplemente siga los pasos una vez que haya llegado a una resolución de disputa, casi estará lista.
10. Las partes además acuerdan que cualquier disputa, reclamo y/o disputa que surja de y/o en conexión con cualquier parte de este Acuerdo o el incumplimiento del mismo, si no se resuelve entre los firmantes, se resolverá. se resolverá mediante arbitraje de conformidad con las normas de la Cámara de Comercio Internacional y será vinculante. Cualquier decisión y/o laudo dictado por el árbitro será definitivo, concluyente y vinculante para las partes y será ejecutable conforme a las leyes del país en el que el árbitro decida dictar el laudo. En caso de disputa, prevalecerá el inglés. Si no se puede acordar el país del arbitraje, el arbitraje se llevará a cabo en Zurich/Suiza de acuerdo con la ley suiza.
10:
Las partes además acuerdan que cualquier disputa, reclamo y controversia que surja de o esté relacionada con todo o parte de este Acuerdo, que no haya sido resuelta por las partes firmantes , se resolverá de conformidad con las normas aplicables. Las reglas de arbitraje y las prácticas de la CCI* se presentarán a la institución de arbitraje para su resolución. Cualquier decisión o laudo dictado por el árbitro será definitivo y vinculante para las partes de conformidad con las leyes vigentes en el país designado en el laudo del árbitro. El inglés es el idioma eficaz durante la resolución de disputas. Si las partes no llegan a un acuerdo sobre la elección del país para el arbitraje, el arbitraje se llevará a cabo en Zurich, Suiza, de conformidad con la ley suiza.
11. Este Acuerdo es legalmente vinculante para todas las partes abajo firmantes y sus respectivos herederos, socios, administradores, albaceas, herederos y cesionarios:
Con respecto a los siguientes Asuntos, este El acuerdo es legalmente vinculante para todos los firmantes y sus respectivos herederos, afiliados, gerentes, ejecutores, sus sucesores y cesionarios:
a) Pérdidas no evitables, es decir, pérdidas a las que se les debería haber pagado el total de comisiones, honorarios o ganancias. , y;
a) las pérdidas sufridas debido al cumplimiento de la buena fe, como todas las comisiones, honorarios e ingresos esperados;
b) las partes que no incumplen debido a dichas todas las pérdidas sufridas como consecuencia de incumplimiento de contrato, y.
Todas las pérdidas sufridas por la parte que no incumplió debido al incumplimiento del contrato por parte de la otra parte;
c) Todos los costos incurridos para hacer cumplir cualquier derecho de reparación legal basado en o que surja de este acuerdo.
Todos los gastos incurridos en el ejercicio de cualquier derecho de recurso legal basado o derivado de este Acuerdo.
12. La ejecución de este Acuerdo se considerará un acuerdo ejecutado, exigible y reconocido a todos los efectos de conformidad con los términos de este Acuerdo. Las firmas de este Acuerdo recibidas por fax, correo postal y/o correo electrónico se considerarán y ejecutarán como un contrato.
Este acuerdo entrará en vigor tras su firma. Un acuerdo válido será reconocido y ejecutable para todos los propósitos necesarios establecidos en los términos de este Acuerdo.
13. Todos los firmantes de este Acuerdo confirman que han leído y que cada parte comprende completamente los términos y condiciones contenidos en este Acuerdo y, mediante su inicial y firma, por el presente aceptan incondicionalmente los términos y condiciones establecidos. en este Acuerdo términos fechados.
Cada firmante reconoce que ha leído y comprende plenamente los términos y condiciones de este Acuerdo. La firma de este Acuerdo por cada parte indica que cada parte acepta cumplir con los términos de este Acuerdo incondicionalmente a partir de la fecha establecida en este Acuerdo.
14. El presente instrumento tiene por objeto establecer acuerdos de no elusión, no divulgación y de trabajo reconocidos internacionalmente entre las partes involucradas. Esta y futuras transacciones se llevarán a cabo bajo la dirección de la Cámara de Comercio Internacional.
El propósito de este acuerdo es crear un acuerdo de cooperación reconocido internacionalmente* libre de fraude o divulgación. Esta transacción y transacciones futuras se llevarán a cabo de acuerdo con las directrices pertinentes de la Cámara de Comercio Internacional.
15. Todos los firmantes aceptan que a partir de la fecha del acuerdo, cada conversación y/o correo electrónico relacionado con negociaciones futuras se compartirá con el correo electrónico o se copiará a todas las demás partes involucradas.
El abajo firmante acepta que, a partir de la fecha de este Acuerdo, todas las conversaciones y correos electrónicos relacionados con negociaciones futuras se compartirán entre las partes (y en el caso de los correos electrónicos, se copiarán las otras partes involucradas).
*Cámara de Comercio Internacional ICC
*Se llama NCND.