¿Qué pasará si la Oficina de Supervisión del Mercado le presenta una queja?
Base jurídica: “Disposiciones Transitorias sobre Tramitación de Reclamaciones e Informes sobre Supervisión y Gestión del Mercado”.
Artículo 3 Las quejas mencionadas en estas Medidas se refieren al comportamiento de los consumidores que compran y utilizan bienes o reciben servicios para el consumo diario, tienen disputas de derechos con los operadores y solicitan al departamento de supervisión y gestión del mercado que resuelva el problema. disputar. El término "informar", tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a personas físicas, personas jurídicas u otras organizaciones que informan al departamento de supervisión y administración del mercado sobre el comportamiento de operadores sospechosos de violar las leyes, reglamentos y normas de supervisión y administración del mercado.
Artículo 4 La Administración Estatal de Regulación del Mercado estará a cargo del trabajo de quejas e informes a nivel nacional y guiará a los departamentos locales de supervisión y administración del mercado en el trabajo de quejas e informes. Los departamentos locales de supervisión y administración del mercado a nivel de condado o superior son responsables de tramitar las quejas y los informes dentro de sus propias regiones administrativas. Artículo 5 El departamento de supervisión y gestión del mercado seguirá el principio de equidad y eficiencia al tramitar quejas y denuncias, garantizando que la base de la solicitud sea correcta y los procedimientos legales.
Artículo 14 El departamento de supervisión y gestión del mercado con autoridad para tramitar la reclamación según lo estipulado en estas Medidas tomará una decisión sobre la aceptación o rechazo de la reclamación dentro de los siete días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la misma. denuncia y notificar al denunciante.