Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - Violación de la disciplina, incumplimiento del deber o negligencia que cause pérdidas a la empresa.

Violación de la disciplina, incumplimiento del deber o negligencia que cause pérdidas a la empresa.

Subjetividad jurídica:

El artículo 148 de la "Ley de Sociedades" estipula: "Los directores, supervisores y altos directivos que violen las leyes, los reglamentos administrativos o estos estatutos en el desempeño de sus funciones serán responsables de la indemnización. Los supervisores deberán tienen la facultad legal y la facultad que les confieren los estatutos sociales, para participar en la dirección y supervisión de los asuntos sociales, y al mismo tiempo tienen la obligación de ser leales y diligentes con la sociedad en el desempeño de sus funciones sociales. sus facultades y cumplir con sus obligaciones de conformidad con la ley y los estatutos de la empresa, con el fin de instar a los supervisores a cumplir con la ley para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones en beneficio de la empresa, de modo que los derechos e intereses legítimos de la empresa. puede ser restituido o compensado cuando se infrinja. La "Ley de Sociedades" estipula claramente la responsabilidad legal de los supervisores cuando desempeñan ilegalmente sus funciones y causan daños a la empresa.