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Pruebas reconocidas por la ley de transferencias

Subjetividad jurídica:

El recibo de transferencia puede utilizarse como prueba. Pero si sólo hay un recibo de transferencia, no puede probar la existencia de una relación de préstamo. El párrafo 1 del artículo 2 del "Reglamento del Tribunal Popular Supremo sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación de la ley en los juicios de casos de préstamos privados" estipula que cuando un prestamista presente una demanda por préstamos privados ante el Tribunal Popular, deberá proporcionar pagarés , recibos, pagarés y otros certificados de deuda y otros documentos que puedan probar las leyes crediticias de la existencia de una relación. El artículo 16 estipula que si el demandante presenta una demanda por préstamo privado basándose únicamente en el comprobante de transferencia de una institución financiera y el demandado afirma que la transferencia es para pagar préstamos anteriores u otras deudas de ambas partes, el demandado deberá presentar pruebas para demostrar su afirmar. Después de que el demandado proporcione las pruebas correspondientes para probar su reclamo, el demandante aún debe soportar la carga de la prueba para el establecimiento de la relación de préstamo.

Objetividad jurídica:

Artículo 63 de la “Ley de Procedimiento Civil”, la prueba incluye: (1) Declaraciones de las partes; (2) Prueba documental (3) Prueba física; (4) Materiales audiovisuales; (5) Datos electrónicos; (6) Testimonios de testigos; (7) Opiniones de tasación; Se debe verificar que la evidencia sea cierta antes de que pueda usarse como base para determinar los hechos.