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Disposiciones legales para subastas con sobreoferta

Análisis jurídico: La persona sujeta a ejecución puede plantear objeciones a cuestiones procesales durante el proceso de ejecución. Una vez rechazada la objeción, puede solicitar un recurso de reconsideración ante el tribunal superior. Ante las objeciones formuladas por la persona sujeta a ejecución, el solicitante debe defenderse sobre la valoración. El primer paso para determinar si existe un embargo excesivo en un caso de ejecución es averiguar el monto del objeto de la ejecución. Durante el procedimiento de objeción de ejecución, si ambas partes tienen una disputa sobre el monto del objeto de ejecución involucrado en el caso, el tribunal de ejecución conocerá del caso y determinará el monto del objeto de ejecución. El segundo paso es determinar si los bienes embargados exceden el monto del objeto de ejecución.

Base jurídica: Artículo 512 de la “Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre la Aplicación de la Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China”. Si un acreedor o un sujeto ejecutado presenta una objeción por escrito al plan de distribución, el tribunal de ejecución lo notificará al acreedor o un sujeto ejecutado que no haya formulado ninguna objeción. Si el acreedor o sujeto a ejecución que no haya formulado objeción alguna no formulare objeción alguna dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción de la notificación, el tribunal de ejecución revisará y modificará el plan de distribución con base en los dictámenes de la objeción y efectuará el reparto. si se presenta una objeción, se notificará al objetante; El disidente podrá, dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción de la notificación, presentar una demanda ante el tribunal de ejecución con el acreedor disidente o la persona sujeta a ejecución como demandado si el disidente no presenta una demanda dentro del plazo; el tribunal de ejecución hará la distribución según el plan de distribución original. Si la distribución se hace durante el litigio, el tribunal de ejecución depositará la cantidad correspondiente a los derechos del acreedor en litigio.