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¿Cómo afrontar la exención del IVA para el comercio mayorista de hortalizas?

Para las empresas mayoristas de hortalizas, si el enlace mayorista de hortalizas está exento del impuesto al valor añadido, la empresa deberá confirmar sus ingresos e impuestos correspondientes en función del importe de las ventas reales. Cuando existe una disminución real, el monto reducido se incluye en la cuenta de ingresos no operacionales, y su tratamiento contable es,

Débito: cuentas por cobrar, etc.

Préstamos: ingresos del negocio principal,

impuestos a pagar - impuesto al valor agregado a pagar.

Cuando se realiza la deducción real, el asiento es:

Débito: impuesto a pagar - impuesto al valor agregado a pagar,

Préstamo: impuesto a la renta no operacional deducción.