Edad máxima para adoptados
1. En circunstancias normales, el adoptado es menor de 18 años. Las disposiciones legales para los menores que pueden ser adoptados son:
2. Los huérfanos que han perdido a sus padres;
3. Los menores cuyos padres biológicos no pueden ser encontrados;
4. Los niños cuyos padres tienen dificultades especiales y no pueden criarlos.
El adoptante deberá cumplir además las siguientes condiciones:
1. No tener hijos o tener sólo uno
2. y proteger la capacidad del adoptado;
3. No padecer enfermedades que sean médicamente consideradas inadecuadas para la adopción de niños;
4. Todos los antecedentes penales e ilegales que no sean propicios para la salud. crecimiento del adoptado;
5. Tener al menos 30 años.
En definitiva, en circunstancias normales el adoptado debe tener como máximo dieciocho años. Según las leyes de nuestro país, siempre que el menor sea menor de 18 años y cumpla otras condiciones, puede ser adoptado por otros y convertirse en adoptado. La adopción de niños que sean parientes consanguíneos colaterales dentro de la misma generación dentro de tres generaciones no está sujeta a las restricciones a la adopción de niños del sexo opuesto por aquellos cuyos padres biológicos tienen dificultades especiales, que tienen dificultades especiales y no pueden criar a sus hijos. hijos, o que no tengan cónyuge. La diferencia de edad entre el adoptante y el adoptado deberá ser superior a 40 años.
Base jurídica:
Artículo 1093 del Código Civil de la República Popular China
Podrán adoptarse los siguientes menores:
(1) Huérfanos que han perdido a sus padres;
(2) Menores cuyos padres biológicos no pueden ser encontrados;
(3) Niños cuyos padres biológicos tienen dificultades especiales y no pueden criar a ellos.
Artículo 1098
El adoptante deberá cumplir además las siguientes condiciones:
(1) No tener hijos o tener un solo hijo;
(2) Tener la capacidad de criar, educar y proteger al adoptado;
(3) No sufrir ninguna enfermedad que se considere médicamente inadecuada para la adopción;
(4) Todos niños inadecuados Antecedentes penales que favorezcan el crecimiento saludable del adoptado;
(5) Tener 30 años o más.