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Cómo lidiar con el abuso infantil

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 260 de la "Ley Penal" de mi país, quienes abusen de miembros de su familia, si las circunstancias son graves, serán condenados a pena de prisión determinada no superior a dos años, detención penal o vigilancia pública. El que cometa el delito del párrafo anterior y cause lesiones graves o la muerte, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de dos años ni mayor de siete años. El delito previsto en el párrafo 1 sólo se abordará si la víctima no puede presentar una queja o no puede hacerlo debido a coerción o intimidación. El delito de abuso se refiere al comportamiento despiadado de perseguir física y mentalmente a miembros de una familia que viven con * * * mediante golpes, regaños, ataduras, congelaciones y hambre, restricciones de libertad, humillaciones de personalidad, negarse a tratar enfermedades u obligarlos a trabajar. excesivamente. El artículo 260-1 establece que los menores, los ancianos, los pacientes, las personas discapacitadas y otras personas con responsabilidades de tutela o cuidado que abusen de las personas bajo tutela o cuidado, si las circunstancias son graves, serán condenados a una pena de prisión de duración determinada no superior a tres años o prisión penal. Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, será multada y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. Si las conductas enumeradas en el apartado 1 se cometen y constituyen al mismo tiempo otros delitos, el infractor será condenado y castigado de conformidad con las disposiciones sobre penas más severas.

Base Legal

Derecho Penal de la República Popular China

Artículo 260: Quien abuse de un familiar, si las circunstancias son graves, será condenado a pena de prisión. Prisión de duración determinada no mayor a dos años, detención penal o control.

Quien cometa el delito del párrafo anterior y cause lesiones graves o la muerte, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de dos años ni mayor de siete años.

Para el delito del párrafo 1, excepto cuando la víctima no pueda quejarse o no pueda quejarse debido a coerción o intimidación, solo se tratará a aquellos que se quejen.