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¿Necesita el comprador emitir una factura para cobrar la indemnización por daños y perjuicios?

En primer lugar, una respuesta positiva

(1) Debido a que el comprador no vendió bienes ni proporcionó mano de obra o servicios, los daños y perjuicios pagados por el vendedor al comprador no están dentro del alcance imponible del IVA, y no es necesario emitir facturas, recibos y comprobantes relacionados.

(2) La indemnización liquidada pagada por el comprador al vendedor implica una compensación por actividades comerciales (es decir, se ha producido la obligación de pagar el impuesto al valor agregado por actividades comerciales), que es un precio extra. gasto y debe facturarse por daños que no involucran actividades comerciales. Se pueden emitir recibos para compensación (es decir, actividades comerciales que generan la obligación de pagar el impuesto al valor agregado).

En segundo lugar, análisis

El pago de la indemnización por daños y perjuicios está estipulado en el derecho civil, pero la emisión de una factura depende de la ley fiscal. Es decir, la facturación debe cumplir con las condiciones estipuladas en la ley tributaria, de lo contrario no se podrá emitir la factura. El artículo 19 de las "Medidas de gestión de facturas" estipula que cuando unidades e individuos venden bienes, prestan servicios y participan en otras actividades comerciales y cobran pagos de partes externas, el beneficiario deberá emitir una factura al beneficiario, en circunstancias especiales; emitirá una factura al beneficiario. Emitirá facturas. Utilizando esto como criterio para medir si se debe emitir una factura para el pago de daños y perjuicios, es necesario distinguir dos situaciones.

En el primer caso, la empresa incumple antes de que una de las partes incumpla el contrato. Entonces la indemnización por daños y perjuicios cobrada en este caso no podrá facturarse.

En el segundo caso, el negocio se concreta, pero una de las partes incumple el contrato. En este caso, depende de quién sea la parte infractora. Si el vendedor incumple el contrato y paga la indemnización por daños y perjuicios al comprador, no puede emitir factura porque la indemnización por daños y perjuicios pagada por el vendedor no tiene nada que ver con el impuesto al valor agregado generado por esta actividad de venta. Según lo establecido en la Factura. Medidas de gestión, el vendedor sólo puede emitir facturas al comprador si el comprador incumple, los daños y perjuicios pagados al vendedor se incluirán en los ingresos por ventas del vendedor para el impuesto al valor agregado de acuerdo con las disposiciones pertinentes del impuesto al valor agregado, por lo que el vendedor emitirá una factura al comprador.

3. ¿Cómo preparar el comprobante de deducción al pagar la indemnización por daños y perjuicios y deducir el Impuesto sobre Sociedades antes de impuestos?

La indemnización por daños y perjuicios es la cantidad que la parte infractora paga a la otra parte para compensar las pérdidas cuando una de las partes no cumple el contrato o la ejecución del contrato es incompatible con el contrato. La indemnización por daños y perjuicios dentro del ámbito imponible del IVA se puede deducir antes de impuestos con base en la factura y el acuerdo contractual firmado por ambas partes. Si la otra parte es una unidad que no necesita solicitar registro fiscal de acuerdo con la ley o una persona física que realiza operaciones esporádicas de pequeña escala, sus gastos se deducirán antes de impuestos con base en la factura o recibo emitido por la autoridad fiscal, o el comprobante interno. El comprobante de pago deberá indicar el nombre del beneficiario, nombre personal y número de identificación, conceptos de gasto, etc. Los daños y perjuicios que no entran dentro del ámbito imponible del IVA se pueden deducir antes de impuestos sobre la base del acuerdo contractual firmado por ambas partes, el comprobante de pago no en efectivo y el comprobante de recibo emitido por el beneficiario. Si la otra parte es un individuo, el comprobante interno se utiliza como comprobante de deducción antes de impuestos.