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Reglas comerciales de bienes

El Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) se estableció en 1947 y ha experimentado un desarrollo y mejora continuos durante más de 50 años. Ocho rondas de negociaciones comerciales multilaterales han logrado resultados sobresalientes, especialmente la Ronda Uruguay, que revisó exhaustivamente el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994. También se llevaron a cabo negociaciones sobre cuestiones como el comercio de servicios, los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio y las medidas de inversión relacionadas con el comercio, mejorando así el marco del sistema legal. El contenido de las negociaciones no sólo afecta al ámbito del comercio internacional, sino que también se extiende al ámbito de la cooperación económica internacional. Cumplir con los requisitos de la nueva era económica tendrá un profundo impacto en el futuro patrón económico mundial.

Con la reducción sustancial de los aranceles, las barreras no arancelarias están jugando un papel decisivo en el comercio internacional.

Un conjunto relativamente completo de reglas (incluidos aranceles y no arancelarios) formados en el comercio de bienes son: productos agrícolas; medidas antidumping al comercio de textiles y prendas de vestir; valoración en aduana; inspección previa al envío; normas de origen; licencias de importación y medidas compensatorias, etc. Los aranceles son una importante herramienta política que los miembros de la OMC pueden utilizar para proteger las industrias nacionales. En comparación con muchas medidas no arancelarias, los aranceles son más transparentes y pueden reflejar claramente el nivel de protección, estableciendo así una competencia comercial sobre una base más clara, más justa y más predecible. Por lo tanto, la WT0 aboga firmemente por que sus miembros utilicen los aranceles como único medio de protección. Permitir aranceles como medio de protección no significa que los miembros sean libres de utilizar este medio a voluntad. Por el contrario, "reducir eficazmente los aranceles y otras barreras comerciales mediante acuerdos mutuamente beneficiosos" es uno de los principios básicos establecidos por el sistema de comercio multilateral.

Desde el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio hasta la OMC, ha habido esfuerzos por reducir los aranceles. En las primeras cinco rondas de negociaciones sobre el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, las concesiones arancelarias fueron el único tema de negociación. En las rondas de negociaciones anteriores, las concesiones arancelarias siempre estuvieron en la cima de la agenda de negociación. Después de ocho rondas de negociaciones en el marco del sistema de comercio multilateral, los niveles arancelarios globales se han reducido gradualmente de manera significativa, desde un promedio de alrededor de 45 a principios del período de posguerra al nivel actual de alrededor de 5, lo que ha mejorado considerablemente el acceso a los mercados.

Después de la Ronda Uruguay, la mayoría de las reducciones arancelarias de los países desarrollados se completaron entre 1995 y 2000. Una vez finalizado, sus aranceles industriales se reducirán en un 40% y el tipo impositivo medio ponderado bajará de 6,3 a 3,8. La proporción del valor de los productos importados que disfrutan de trato libre de impuestos desde los países desarrollados aumentará de 20 a 44.

Solo unos pocos productos están sujetos a tipos impositivos más altos. La proporción de productos que ingresan a los mercados de los países desarrollados desde diversos canales y sujetos a una tasa impositiva superior a 15 se reducirá de 7 a 5. La proporción de productos exportados por los países en desarrollo con tasas impositivas superiores a 15 también disminuirá de 9 a 5.

El 26 de marzo de 1997, 40 países, que representan el 92% del volumen del comercio mundial de productos de tecnología de la información, acordaron eliminar gradualmente los aranceles de importación y otras tasas sobre dichos productos (los países desarrollados antes de 2000, los países en desarrollo países antes de 2005).

Un gran número de productos están sujetos a aranceles. Los países desarrollados aumentarán el número de productos industriales importados restringidos de 78 a 99. En los países en desarrollo, aumentó de 21 a 73. Los países con economías en transición aumentarán de 73 a 98. Para los comerciantes e inversores, en realidad significa que la seguridad de ingresar al mercado mejora enormemente.

Los aranceles están ahora consolidados para todos los productos agrícolas. Casi todas las restricciones no arancelarias a las importaciones (como los precios) se convierten en aranceles. Los mercados agrícolas son más predecibles. El compromiso de acceso al mercado agrícola también eliminará restricciones previas a la importación de ciertos productos y reducirá la ayuda interna y los subsidios a la exportación de productos agrícolas. El propósito del Acuerdo sobre Agricultura es reformar el comercio agrícola y hacer que las políticas estén más orientadas al mercado. Esto también aumentará la previsibilidad y la seguridad en los mercados de los países importadores y exportadores.

El acuerdo permite a los gobiernos apoyar sus economías agrícolas, pero es deseable desarrollar políticas que distorsionen menos el comercio. También permite cierta flexibilidad en el cumplimiento de los compromisos. Los países en desarrollo no tienen que reducir subsidios o aranceles como los países desarrollados, pero el tiempo para cumplir con sus obligaciones puede ampliarse.

Las nuevas reglas y compromisos para los productos agrícolas se aplican a:

Acceso al mercado – Las nuevas reglas para el acceso al mercado de los productos agrícolas son únicamente aranceles. Antes de la Ronda Uruguay, las importaciones de algunos productos agrícolas estaban sujetas a precios y otras medidas no arancelarias.

Casi han sido reemplazados por aranceles que ofrecen una protección equivalente. Si el precio interno fijado por la política anterior era un 75% más alto que el precio del mercado mundial, el nuevo arancel puede estar más cerca del 75%. Esto es "impuestos".

Reducir los aranceles de importación de productos agrícolas. Según el acuerdo, los países desarrollados reducirán los aranceles en un promedio del 36% durante 1995-2000, y los países en desarrollo reducirán los aranceles en un promedio del 24% durante 1995-2005. Los países menos desarrollados no asumirán obligaciones de reducción de aranceles.

Para los productos agrícolas que ya han sido gravados, el gobierno puede tomar acciones especiales de emergencia ("medidas de protección") para evitar que una fuerte caída en los precios de importación afecte a la industria nacional. Sin embargo, el acuerdo también establece cuándo y cómo se pueden tomar dichas medidas. Durante la implementación del acuerdo, Japón, Corea del Sur, Filipinas e Israel recibieron un trato especial y pudieron imponer restricciones a la importación de ciertos productos sensibles (principalmente arroz), pero deben cumplir estrictamente las condiciones especificadas, incluso en el mar.

Oportunidades mínimas de acceso para proveedores extranjeros. Ayuda Interna – Una queja importante sobre las políticas que apoyan los precios internos o subsidian la producción es que estas políticas alientan la sobreproducción, limitando así las importaciones o dando lugar a subsidios a las exportaciones y al dumping en los mercados internacionales. Las políticas internas afectarán directamente la producción y reducirán el comercio. Toda la ayuda interna se basa en subvenciones de 1986 a 1988, y la cantidad específica se calcula como base para la reducción o exención. Los países desarrollados deben reducirlo en un 20% a partir de 1995 en un plazo de seis años, los países en desarrollo deben reducirlo en un 13% en un plazo de diez años y los países menos desarrollados no tienen que reducirlo.

El apoyo interno se divide en medidas de luz amarilla y medidas de luz verde. Las medidas de luz verde tienen el menor impacto en el comercio y pueden adoptarse libremente. Incluye servicios gubernamentales como investigación, control de plagas, infraestructura y seguridad alimentaria, así como pagos directos a los agricultores que no estimulan la producción, como apoyo directo a los ingresos no vinculado a la producción, asistencia para ayudar a los agricultores a iniciar un ajuste estructural, y ayudas ambientales y Ayuda regional Adeudos directos previstos.

Subvenciones a la exportación - El Acuerdo sobre Agricultura prohíbe las subvenciones a la exportación de productos agrícolas, excepto aquellos enumerados en la lista de obligaciones asumidas por los miembros. Dentro del alcance descrito, el acuerdo requiere que los miembros de la OMC no sólo reduzcan la cantidad de fondos de subsidio sino también la cantidad de productos que reciben subsidios a la exportación. Con base en el monto promedio de 1986-1990, los países desarrollados han recortado los subsidios a las exportaciones en un 36% en seis años desde 1995, y el número de productos subsidiados exportados ha disminuido en un 21%; los países en desarrollo han reducido los subsidios a las exportaciones en un 24% y el número; de productos subvencionados en un 14% en diez años; los países menos desarrollados no necesitan hacer ningún recorte. Los textiles, al igual que los productos agrícolas, son uno de los temas más controvertidos en el GATT e incluso en el sistema de la OMC. Sufrirá cambios fundamentales en el marco del plan decenal posterior a las negociaciones de la Ronda Uruguay. El sistema de precios de importación que ha afectado al comercio desde principios del decenio de 1960 se está completando por etapas.

Desde 1974 hasta el final de la Ronda Uruguay, el comercio textil estuvo regulado por el Acuerdo Multifibras. Las cuotas establecidas mediante acuerdos bilaterales o acciones unilaterales tienen como objetivo limitar la entrada de textiles a países donde las industrias nacionales han resultado gravemente dañadas por los rápidos aumentos de las importaciones.

Desde 1995, el Acuerdo sobre Textiles y Confecciones de la OMC ha sustituido al Acuerdo Multifibras. Para 2005, esta área estará plenamente integrada en las normas del GATT. En particular, se pondrá fin al sistema de cuotas y los países importadores ya no podrán discriminar a los países exportadores. El propio Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido dejará de existir.

En los diez años comprendidos entre 1995 y 2005, las normas del GATT se incluyeron en las siguientes cuatro etapas:

Durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1995 y el 31 de diciembre de 1997, con base en el volumen de importaciones en 1990, se cancelaron las reglas del GATT. El límite del contingente debería ser al menos 65438 65438 del volumen total de importaciones en 0990.

Durante el período 1998.01.01-2001.12.31, las restricciones contingentes se levantaron a una tasa de al menos el 17 del volumen total de importaciones en 1990.

Durante el período 2002.01. 01-2003.12.31, se levantaron las restricciones de cuota. La proporción representó al menos el 18% del volumen total de importación en 1990;

El 1 de enero de 2005, casi el 49% de las restricciones de cuota de productos restantes se eliminaron. cancelado, integrando plenamente el comercio de textiles y prendas de vestir en el GATT y, finalmente, cancelando la cuota.

Según el acuerdo, los productos cuyas restricciones de cuota se levantan en las tres primeras etapas deben incluir las siguientes cuatro categorías: prendas de vestir y prendas de vestir. Cualquier otra medida restrictiva no incluida en el Acuerdo Multifibras e incompatible con el Acuerdo de la OMC debería eliminarse progresivamente para 2005 y acordarse en 1996.

El acuerdo estipula que cuando un producto ha entrado efectivamente en el territorio de un país y su mayor cantidad causa daños graves o una amenaza sustancial a la producción industrial directamente competidora del país, se pueden tomar medidas de salvaguardia transitorias. Las restricciones de salvaguardia pueden imponerse de forma multilateral o unilateral. Sin embargo, debe ser revisado por la Oficina de Seguimiento Textil (TMB).

En un sistema en el que las cuotas se asignan a países exportadores individuales, los países exportadores pueden intentar eludir las restricciones de las cuotas moviendo productos a través de terceros países o tergiversando el país de origen del producto. El acuerdo prevé disposiciones contra la elusión.

El acuerdo también otorgará a los nuevos miembros, proveedores más pequeños y países menos desarrollados un trato especial en nuevos mercados. Si una empresa exporta un producto a un precio inferior a su valor normal en el mercado local, se considera que está haciendo "dumping" sobre el producto. En este sentido, existen diferentes opciones sobre si constituye competencia desleal. El acuerdo de la OMC aún no se ha pronunciado al respecto. Pero muchos gobiernos toman medidas antidumping para proteger sus industrias nacionales. El artículo 6 del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio permite a los países tomar medidas antidumping. El Acuerdo Antidumping aclara el contenido de este artículo, y ambos se utilizan al mismo tiempo. Permiten a los países tomar medidas que normalmente pondrían fin a las consolidaciones arancelarias del GATT y al principio de no discriminación entre socios comerciales. El enfoque típico es el antidumping, que impone derechos de importación adicionales sobre productos específicos de un país exportador específico para acercar sus precios a lo "normal" o eliminar el daño que causan a la industria nacional del país importador.

Existen muchas formas diferentes de medir el alcance del dumping de un producto concreto. El acuerdo proporciona tres métodos para calcular el “valor normal” de un producto. Uno se basa en el precio del mercado interno del país exportador; el segundo se basa en el precio del exportador de otro país; el tercero es un cálculo integral que tiene en cuenta los costos de producción, otros gastos y ganancias normales del exportador. El acuerdo también prevé una comparación justa entre los precios de exportación y los precios normales. No basta con calcular el grado de dumping de un producto. Las medidas antidumping sólo se aplican si el dumping causa daño a la industria del país importador. Por lo tanto, la investigación debe realizarse primero de acuerdo con las normas prescritas. La investigación debe evaluar todos los factores económicos relevantes que respaldan a la industria en cuestión. Si una investigación muestra que se está produciendo dumping y que la industria nacional está siendo perjudicada, las empresas exportadoras pueden aumentar sus precios a un nivel acordado para evitar incurrir en derechos de importación antidumping.

El acuerdo también estipula disposiciones procesales detalladas sobre el plazo y la revisión para iniciar e implementar medidas antidumping. Si las autoridades pertinentes determinan que el margen de dumping es pequeño (generalmente se considera inferior al 2% del valor de exportación del producto) y la cantidad de productos objeto de dumping originarios de un país es inferior al 3% del volumen total de importación de productos similares productos en el país importador, la investigación antidumping debe darse por terminada inmediatamente y no se llevarán a cabo más investigaciones. Se imponen derechos de dumping a estos productos. Sin embargo, si hay varios productos individuales que representan menos del 3% de los productos similares del país importador, la investigación sobre dumping debe continuar.

Los Miembros deben notificar con prontitud y detalle al Comité Antidumping todas las medidas antidumping preliminares y definitivas. Cada miembro también presentará al Comité los informes pertinentes de investigación antidumping (dos veces al año). Una vez que los conflictos aumentan, la OMC alienta a los miembros a resolverlos mediante consultas. También se pueden utilizar los procedimientos de solución de diferencias de la OMC. El Comité Antidumping se reúne dos veces al año para brindar a los miembros de la OMC la oportunidad de discutir asuntos relacionados con el acuerdo antidumping. Este acuerdo hará dos cosas: prohibir el uso de subsidios y regular las contramedidas tomadas por los países litigantes debido al impacto de los subsidios. El acuerdo también indica que un país puede utilizar el proceso de solución de diferencias de la OMC para tratar de eliminar subsidios o eliminar sus efectos nocivos. El Estado también puede realizar sus propias investigaciones sobre productos importados subsidiados que perjudican la producción nacional y, finalmente, imponer derechos adicionales (derechos antidumping).

El acuerdo se basa en las directrices sobre subvenciones de la Ronda de Tokio, incluida la definición de subvenciones, e introduce el concepto de subvenciones "especiales", es decir, subvenciones concedidas únicamente a "determinadas empresas". El acuerdo prohíbe sólo subsidios específicos, que pueden ser subsidios internos o subsidios a la exportación.

Al igual que el acuerdo antidumping, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias también forma parte del paquete de la OMC firmado por todos los miembros. El Acuerdo define tres tipos de subvenciones: subvenciones prohibidas, subvenciones apelables y subvenciones no apelables. Se aplican tanto a productos agrícolas como industriales, a menos que sus subvenciones sean compatibles con el Acuerdo sobre Agricultura. l Los subsidios prohibidos se refieren a subsidios utilizados para lograr ciertos objetivos de exportación o para utilizar productos nacionales para reemplazar bienes importados. Está prohibido porque su diseño distorsiona el comercio internacional y puede dañar el comercio de otros países. Estos subsidios pueden impugnarse mediante el proceso de solución de diferencias de la OMC. Si el proceso de solución de diferencias determina que el subsidio está prohibido, deberá ser revocado inmediatamente. Además, el Estado litigante también puede adoptar contramedidas. Se pueden imponer derechos compensatorios a los productores nacionales si se ven perjudicados por la importación de importaciones subvencionadas.

En este tipo de subvención, el país litigante debe demostrar que la subvención afecta gravemente a sus intereses económicos. Estas subvenciones también están permitidas hasta cierto punto. El acuerdo define tres posibles daños. Los subsidios en un país pueden dañar la industria nacional del país importador. Los subsidios pueden perjudicar a un competidor en otro país si el competidor compite en un mercado de terceros. Además, los subsidios internos en un país pueden perjudicar a los exportadores de otro país que intentan competir en el mercado interno del país que implementa el subsidio. Si el órgano de solución de diferencias determina que la subvención ha causado un impacto grave, debe cancelar la subvención o eliminar su impacto. Además, se pueden imponer derechos compensatorios a los productores nacionales si sufren pérdidas debido a la importación de productos subvencionados.

Las subvenciones no recurribles se refieren a subvenciones no específicas, o subvenciones para actividades corporativas de investigación y desarrollo, subvenciones para ayudar a zonas dañadas o subvenciones para promover la renovación de instalaciones existentes de acuerdo con nuevas regulaciones medioambientales. Las subvenciones no apelables no pueden impugnarse mediante procedimientos de solución de diferencias y no pueden imponerse derechos compensatorios a las importaciones subvencionadas. Pero los subsidios deben cumplir condiciones estrictas.

El acuerdo estipula criterios detallados para determinar si un producto está subsidiado, criterios para determinar que las importaciones de productos subsidiados están dañando las industrias nacionales, procedimientos para iniciar y realizar investigaciones, y criterios y plazos para implementar medidas compensatorias ( generalmente 5 años). Los exportadores que reciben subvenciones también aceptan aumentar los precios de exportación de sus productos como alternativa a incurrir en derechos compensatorios.

Los subsidios pueden desempeñar un papel importante en los países en desarrollo y en los países en transición de economías de planificación centralizada a economías de mercado. Los países menos adelantados y los países en desarrollo con un PNB per cápita inferior a 65.438.000 dólares EE.UU. pueden seguir aplicando algunas medidas de subvenciones prohibidas. Para 2003, otros países en desarrollo eliminarán los subsidios a las exportaciones, y los países menos desarrollados deben eliminar los subsidios de sustitución de importaciones (subsidios diseñados para beneficiar la producción nacional y evitar las importaciones). Los países en desarrollo también recibirán un trato preferencial si la situación de sus exportaciones está sujeta a investigaciones sobre derechos compensatorios. Los países con economías en transición deben eliminar gradualmente los subsidios prohibidos para el año 2002. Los reglamentos y normas técnicos son importantes, pero las diferencias entre países dificultan la adaptación de los fabricantes y exportadores. Si la aplicación de estas normas es obligatoria, pueden utilizarse con fines de protección y constituir un obstáculo al comercio.

El propósito del Acuerdo OTC es garantizar que los reglamentos y normas técnicas, así como los procedimientos de prueba y certificación, no causen obstáculos innecesarios. La última versión fue revisada después de las negociaciones de la Ronda de Tokio de 1973-1979.

El Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio reconoce que cualquier país tiene derecho a adoptar normas apropiadas, por ejemplo, en beneficio de la vida o la salud humana, animal o vegetal, para proteger el medio ambiente o para satisfacer los derechos e intereses de los consumidores. Para evitar grandes diferencias en las normas nacionales, el acuerdo alienta a los países a adoptar normas internacionales, pero sus niveles de protección no deben cambiarse.

El Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio proporciona un código de conducta para que las agencias del gobierno central desarrollen, adopten y apliquen normas. Al mismo tiempo, también existen regulaciones sobre cómo los gobiernos locales y las ONG interpretarán las leyes y regulaciones que aprobarán, generalmente de acuerdo con los principios de las agencias del gobierno central.

El "Acuerdo OTC" estipula que los métodos de prueba utilizados para determinar si un producto cumple con los estándares nacionales deben ser abiertos y justos. No se debe utilizar ningún método de prueba que favorezca a los productos nacionales y sea injusto para los productos importados.

El acuerdo alienta a cualquier país a reconocer el método de prueba de otro país. De esta manera, se puede inspeccionar en el país donde se produce si el producto en cuestión cumple con las normas del país importador. Los fabricantes y exportadores deben conocer las últimas normas adoptadas por los mercados futuros. Para ayudar a garantizar un fácil acceso a esta información, la OMC exige que todos los gobiernos miembros establezcan puntos de consulta nacionales. Aunque ahora hay menos sistemas de licencias de importación que en el pasado, todavía se aplican. El Acuerdo sobre Procedimientos para el Trámite de Licencias de Importación estipula que las licencias de importación deben ser simples, transparentes y predecibles. Por ejemplo, el acuerdo exige que el gobierno proporcione información científica a los comerciantes sobre por qué y cómo obtener licencias de importación. También explica cómo cualquier país debe notificar a la OMC cuando introduce nuevos procedimientos de concesión de licencias de importación o cambia los procedimientos existentes. El acuerdo proporciona orientación sobre cómo los gobiernos deben evaluar las solicitudes para el proceso de concesión de licencias.

Los procedimientos de trámite de licencias de importación se dividen en licencias de importación automáticas y licencias de importación no automáticas. La llamada licencia de importación automática significa que una licencia se expide automáticamente siempre que se cumplan determinadas condiciones. El acuerdo establece estándares para la concesión de licencias automáticas de modo que los procedimientos utilizados no restrinjan el comercio.

Para las licencias de importación no automáticas, el acuerdo también minimiza la carga que soportan los importadores al solicitar licencias, por lo que el trabajo administrativo en sí no restringe ni distorsiona las importaciones. Según el acuerdo, las agencias que manejan licencias de importación generalmente deben procesar una solicitud dentro de los 30 días, y todas las solicitudes presentadas al mismo tiempo deben procesarse dentro de los 60 días.

El último acuerdo es el resultado de la Ronda de negociaciones de Tokio de 1973-1979. El acuerdo forma ahora parte de un "paquete" firmado por todos los miembros de la OMC. Para los importadores, el proceso de valoración en aduana crea un problema: los cambios reales en las tasas impositivas resultan ser los más estrictos. El propósito del Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la OMC es establecer un sistema justo, uniforme y neutral para la valoración en aduana de los productos, un sistema que sea consistente con las realidades comerciales y prohíba el uso de valoraciones en aduana arbitrarias y falsas. El acuerdo prevé un conjunto de normas de valoración que son más amplias y precisas que el sistema de valoración en aduana original del GATT.

La decisión de la Conferencia Ministerial de la Ronda Uruguay otorga a las autoridades aduaneras el derecho de exigir a los importadores que proporcionen más información cuando duden de la autenticidad y exactitud del precio declarado de los bienes importados. Después de esto, si las autoridades aduaneras todavía tienen motivos suficientes para sospechar, pueden ignorar cualquier información adicional y considerar que el valor en aduana de las mercancías importadas no puede determinarse sobre la base del precio declarado. La inspección previa al envío suele implicar la contratación de una empresa privada profesional (o "agencia independiente") para comprobar los detalles del envío, principalmente el precio, la cantidad y la calidad de los productos solicitados en el extranjero. Algunos países en desarrollo adoptan este acuerdo para salvaguardar los intereses financieros nacionales (por ejemplo, para evitar pérdidas de capital y fraude comercial y evadir aranceles) y para compensar deficiencias en sus estructuras administrativas. El Acuerdo reconoce los principios y obligaciones del GATT aplicables a las actividades de los organismos de inspección previa al envío encargados por los gobiernos. Las obligaciones de los gobiernos que utilizan inspecciones previas al envío incluyen la no discriminación, la transparencia, la confidencialidad de los secretos comerciales, evitar demoras indebidas, directrices específicas para la revisión de precios y evitar conflictos de intereses. Las obligaciones de los miembros exportadores incluyen la no discriminación en la aplicación de las leyes y reglamentos nacionales, la pronta publicación de esas leyes y reglamentos y la prestación de asistencia técnica cuando sea necesario.

El acuerdo establece un proceso de revisión independiente. Está gestionado conjuntamente por organizaciones que representan a los organismos de inspección y organizaciones que representan a los exportadores, y su objetivo es resolver disputas entre exportadores y organismos de inspección. Las reglas de origen son los estándares para determinar el origen de los productos. Dado que existen muchas diferencias en las políticas comerciales, como cotizaciones, aranceles preferenciales, antidumping y subsidios, entre los países exportadores, las reglas de origen son una parte importante de las reglas comerciales. Las reglas de origen también se utilizan para compilar estadísticas comerciales.

Reglas de origen es el primer acuerdo sobre reglas de origen en la historia de la OMC. Requiere: (1) las reglas de origen de todos los miembros deben ser transparentes (2) no causarán restricciones; sobre el comercio internacional, efectos distorsionadores o perjudiciales (3) deben gestionarse de manera consistente, consistente, justa y razonable (4) deben basarse en criterios positivos (es decir, deben aclarar qué productos deben recibir un certificado de origen, en lugar de hacerlo); qué Productos no deben recibir un certificado de origen).

A largo plazo, el propósito del acuerdo es armonizar las reglas de origen para todos los miembros de la OMC, excepto para algún comercio preferencial (como el establecimiento de áreas de libre comercio, bajo las cuales los países pueden utilizar diferentes reglas de origen). Se ha desarrollado un esquema de trabajo armonizado basado en un conjunto de principios para la emisión objetiva, fácil y predecible de certificados de origen. Este trabajo lo están llevando a cabo el Comité de Normas de Origen de la OMC y un comité técnico patrocinado por la Organización Mundial de Aduanas.

El apéndice del Acuerdo establece una "* * * Declaración sobre el funcionamiento de las normas de origen para el trato preferencial de mercancías". Las TRIMS sólo se aplican a medidas que afectan el comercio de bienes. Reconoce que ciertas medidas pueden restringir y distorsionar el comercio y declara que ningún miembro puede imponer medidas discriminatorias contra extranjeros o productos extranjeros (es decir, una violación del principio de "trato nacional" del GATT). También declaró inválidas las medidas de inversión que dieron lugar a restricciones cuantitativas (contrariamente a otro principio del GATT). El acuerdo va acompañado de una lista de medidas de inversión relacionadas con el comercio que son incompatibles con determinadas disposiciones del GATT. La lista incluye medidas que exigen que las empresas se abastezcan localmente hasta cierto punto (“requisitos de contenido local”). También busca bloquear medidas que restringen las importaciones de las empresas o establecen objetivos de exportación para las empresas (“requisitos de balanza comercial”).

Según el Acuerdo, los países deben notificar a la OMC y a sus miembros sobre todas las medidas de inversión que se estén implementando y que no cumplan con los requisitos del Acuerdo. Los países desarrollados deben cancelar las medidas de inversión que no cumplan los requisitos antes de finales de 1996. El plazo para los países en desarrollo finaliza en 1999. El plazo para los países menos desarrollados es hasta finales de 2001.

El acuerdo establece el Comité de Medidas de Inversión Relacionadas con el Comercio para supervisar la implementación de estos compromisos. El acuerdo también exige que los miembros de la OMC consideren si es necesario complementar las disposiciones sobre política de inversión y política de competencia en el año 2000. ¿Cómo garantizar que los consumidores del país tengan acceso a alimentos seguros? Esto debe garantizarse cumpliendo las normas correspondientes. Al mismo tiempo, ¿cómo garantizar que no se utilicen normas estrictas de salud y seguridad para justificar la protección de los productores nacionales?

El Acuerdo Independiente sobre Seguridad Alimentaria y Normas de Sanidad Animal y Vegetal proporciona directrices básicas.

El acuerdo permite a los países establecer sus propios estándares, pero también estipula que los reglamentos técnicos deben basarse en la ciencia. Se basan únicamente en la necesidad de proteger la vida o la salud humana, animal o vegetal y no estarán sujetos a discriminación arbitraria o injusta entre miembros que tengan circunstancias o condiciones iguales o similares.

Se alienta a los Estados miembros a adoptar las normas, directrices y recomendaciones internacionales existentes. Los estados miembros también pueden tomar medidas para elevar los estándares sobre una base científica (no arbitrariamente).

El acuerdo también permite a los países utilizar diferentes estándares y métodos para probar productos. Por lo tanto, los países exportadores deben asegurarse de que el país importador acepte las prácticas normales aplicables a los productos exportados. Si el país exportador puede demostrar que las medidas aplicables a sus productos exportados logran el mismo nivel de protección sanitaria que las del país importador, el país importador aceptará las normas y métodos del país exportador.

El acuerdo incluye disposiciones sobre procedimientos de control, inspección y aprobación. Los gobiernos deben notificar con antelación los reglamentos técnicos sanitarios y fitosanitarios nuevos o revisados ​​que se implementarán y establecer puntos de consulta nacionales para proporcionar dicha información.