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¿Aún puedo solicitar el registro de una marca que ha sido invalidada?

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley de Marcas, si una marca registrada es revocada, declarada inválida o no se actualiza el plazo vencido, la Oficina de Marcas deberá declararla inválida o revocarla dentro del año siguiente a su fecha de caducidad. fecha de cancelación, en lugar de pasar Una marca que es idéntica o similar a la marca solicitada para el registro.

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Esto juega un papel importante en el funcionamiento real de las solicitudes de registro de marca. Sabemos que si un solicitante de registro de marca entra en conflicto con la marca registrada original, la Oficina de Marcas no aceptará la solicitud. Sin embargo, si una marca registrada previamente es revocada, declarada inválida o vence sin renovación, usted puede volver a solicitar el registro.

Por lo tanto, en general, al solicitar el registro de una marca, incluso si la solicitud es rechazada, se debe seguir prestando atención a la situación de la marca registrada, incluido su período de exclusividad y las disputas sobre marcas. Por lo tanto, al solicitar nuevas oportunidades de registro, no es mejor solicitar el registro lo antes posible. Si la solicitud se presenta prematuramente y el tiempo de reserva no excede la revisión sustancial de la Oficina de Marcas, la Oficina de Marcas aún se negará a aprobar la marca porque es la misma o similar, ha sido revocada, declarada inválida o no actualizada.