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¿Cuáles son las características de las actuaciones administrativas?

Características del comportamiento político Comparado con el comportamiento civil y el comportamiento de otras agencias estatales, el comportamiento administrativo tiene las siguientes características:

1 La subordinación al comportamiento administrativo legal es un acto de ejecución de la ley, por lo que debe estar subordinado a la ley.

Las actuaciones administrativas discrecionales deben realizarse conforme a la ley, pero debe existir una base legal. Pero esto no significa que la ley deba regular estrictamente cada paso y detalle de las acciones administrativas, ni que los organismos administrativos sólo puedan actuar mecánicamente de acuerdo con rutas, métodos y métodos específicos diseñados de antemano por la ley, sin ningún tipo de autocontrol. elección, discreción e iniciativa.

La discreción es otra característica del comportamiento administrativo, que viene determinada por las características de su factor de poder.

Las actuaciones administrativas son principalmente de futuro, y su autorización, aprobación, prohibición y exención suelen implicar los derechos y obligaciones futuros de la contraparte administrativa. En particular, cuando los organismos administrativos formulan reglamentos y normas administrativas, emiten documentos normativos administrativos y establecen disposiciones previsibles para acontecimientos futuros, es probable que haya factores más discrecionales.

La discreción y la legitimidad subordinada de las actuaciones administrativas no son diametralmente opuestas, sino que están unificadas.

El comportamiento administrativo unilateral es el comportamiento de los sujetos administrativos que ejercen el poder administrativo estatal. Siempre que el sujeto administrativo se encuentre dentro del ámbito autorizado por la ley o las leyes y reglamentos de organización administrativa, puede decidir y ejecutar directamente actos administrativos sin consultar a la contraparte administrativa ni obtener el consentimiento de ésta.

4 El término “prioridad de efectividad” significa que una vez realizado un acto administrativo, se supone de antemano que cumple con las disposiciones legales, y antes de que sea declarado ilegal e inválido por el organismo estatal, el órgano administrativo propia agencia, la contraparte y otras agencias estatales. Es vinculante y debe ser seguido por cualquier individuo o grupo.

Los actos administrativos obligatorios son actos realizados por sujetos administrativos en nombre del Estado y en nombre del Estado, por lo que el poder coercitivo del Estado se utiliza como garantía para su ejecución.

La coerción de las actuaciones administrativas está íntimamente relacionada con la voluntad unilateral.