¿Puedo ir a primer grado si tengo siete años pero no seis?
Artículo 11 de la "Ley de Educación Obligatoria" Para los niños que hayan cumplido seis años, sus padres u otros tutores legales los enviarán a la escuela para recibir y completar la educación obligatoria en áreas donde las condiciones no lo sean; cumplidos, los hijos podrán ser aplazados hasta que cumplan siete años. Se trata de una forma jurídica de protección del derecho a la educación de los niños en edad escolar.
En cuanto a si los niños menores de 6 años pueden asistir al primer grado, no existe una disposición clara en la ley. Depende de si la escuela primaria local está dispuesta a aceptar al niño, si el niño tiene deseo de aprender y si cumple con los requisitos básicos para el primer grado. La clave es observar los hábitos de su hijo. Sin embargo, según su situación, el niño sólo tiene aproximadamente un mes. Quizás podrías discutir esto con tu escuela. Si realmente no funciona, no lo fuerces.