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¿Se considera una pensión propiedad conyugal?

En la mayoría de los casos, las pensiones se consideran propiedad conyugal, pero las circunstancias específicas deben juzgarse en función de las leyes, reglamentos y circunstancias reales pertinentes.

1. El carácter básico de las pensiones

La pensión se refiere a la compensación económica que proporciona el Estado o las empresas de acuerdo con determinadas normas y procedimientos una vez que los trabajadores alcanzan la edad legal de jubilación. Es un derecho de propiedad acumulado por los trabajadores durante un largo período de tiempo y tiene cierto valor económico.

En segundo lugar, el concepto de que marido y mujer tienen bienes.

La propiedad conjunta del marido y la mujer se refiere a la propiedad adquirida por ambos cónyuges durante el matrimonio. Estas propiedades incluyen, entre otras, salarios, bonificaciones, ingresos de producción y operaciones, ingresos por derechos de propiedad intelectual, propiedades heredadas o donadas, etc. En principio, la propiedad del marido y la mujer es igual, y tanto el marido como la mujer tienen los mismos derechos y obligaciones con respecto a todos los bienes.

3. Si la pensión es propiedad de los cónyuges * * *.

De acuerdo con la "Ley de Matrimonio de la República Popular China" y las interpretaciones judiciales pertinentes, los bienes adquiridos por una pareja durante la relación matrimonial son bienes conyugales, a menos que se acuerde lo contrario. Por tanto, en circunstancias normales, las pensiones de jubilación, como compensación económica a los trabajadores durante la relación matrimonial, deben considerarse bienes comunes de la pareja.

Sin embargo, cabe señalar que si la pareja tiene un acuerdo especial sobre la propiedad de los bienes, o llega a un acuerdo sobre la división de los bienes durante el divorcio, la propiedad de la pensión puede verse afectada. Además, en algunas circunstancias especiales, como las pensiones que son bienes separados antes del matrimonio o, en algunos casos, pueden no considerarse bienes conyugales.

Cuatro. ¿Consejos sobre cómo manejar la adquisición de pensiones?

Al abordar cuestiones de propiedad de pensiones, se recomienda que ambos cónyuges comuniquen y aclaren plenamente sus respectivos derechos e intereses. Si hay una disputa, puede buscar ayuda de profesionales legales y resolverla mediante negociación, mediación o litigio. Al mismo tiempo, las parejas también pueden considerar firmar un acuerdo de propiedad antes o después del matrimonio para aclarar la propiedad y la división de los bienes y evitar posibles disputas en el futuro.

En resumen:

En la mayoría de los casos, las pensiones se consideran propiedad conyugal, pero la propiedad específica debe juzgarse en función de las leyes, regulaciones y circunstancias reales pertinentes. Tanto el marido como la mujer deben comunicarse plenamente, aclarar sus derechos e intereses y buscar ayuda de profesionales del derecho cuando sea necesario para garantizar que sus derechos e intereses estén protegidos.

Base jurídica:

Ley de Matrimonio de la República Popular China

El artículo 17 estipula:

Las siguientes propiedades adquiridas por el marido y esposa durante la relación matrimonial, propiedad conjunta del marido y la mujer:

(1) Salarios y bonificaciones;

(2) Ingresos de producción y operación;

(3) Rentas por derechos de propiedad intelectual;

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(4) Bienes heredados o donados, salvo lo previsto en el párrafo 3 del artículo 18 de esta Ley

(5) Otra propiedad que debería ser propiedad de * * *.

El marido y la mujer tienen iguales derechos sobre todos los bienes.

Ley de Matrimonio de la República Popular China

El artículo 18 estipula:

Si se produce alguna de las siguientes circunstancias, será propiedad de uno de los cónyuges:

(1) Bienes prematrimoniales de una de las partes;

(2) Gastos médicos, subsidios de subsistencia para discapacitados, etc. Obtenido por una de las partes debido a una lesión física;

(3) Bienes determinados que pertenecen únicamente al esposo o la esposa en el testamento o contrato de donación;

(4) Necesidades diarias utilizadas exclusivamente por una de las partes;

(5) Otros bienes que deban pertenecer a una de las partes.