La constitución de una sociedad anónima se hará constar en los estatutos de la empresa ().
El artículo 82 de la "Ley de Sociedades" de mi país estipula que los estatutos de una sociedad anónima especificarán las siguientes cuestiones: el nombre y el domicilio de la empresa; la forma de constitución de la sociedad; el número total de acciones de la sociedad, el importe por acción y el capital social del patrocinador, el número de acciones suscritas, la forma y el momento de la composición del capital, las facultades y el reglamento interno de la sociedad; junta directiva; representante legal de la empresa; composición, poderes y reglamento de la junta de supervisores; métodos de distribución de las ganancias de la empresa; métodos de notificación y liquidación de la empresa; otros asuntos que la asamblea general considere necesarios; de los accionistas.