Cómo sancionar el delito de difamación y calumnia
La calumnia y la difamación se castigan con pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión penal o privación de derechos políticos.
Normas para la presentación de casos de difamación
1. Según el artículo 246 de la Ley Penal, si alguien es sospechoso de insultar públicamente a otros con violencia u otros métodos, y las circunstancias son graves. , se debe archivar un caso.
2. El delito de insulto es un delito circunstancial. El comportamiento del perpetrador de insultar abiertamente a otros debe ser lo suficientemente grave como para constituir un delito y ser investigado.
Sugerencias personales
La cuestión de las sentencias por calumnia y difamación siempre ha sido el foco de atención pública. La difamación se refiere a la fabricación y difusión deliberada de hechos ficticios que son suficientes para degradar la personalidad de otros. Quienes dañen gravemente la reputación de otros y cometan el delito de calumnia, serán sancionados con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión penal o privación de derechos políticos. Si el asunto ha sido tratado después de haber sido informado, pero pone en grave peligro el orden social y los intereses nacionales, las responsabilidades legales correspondientes deberán asumirse de conformidad con la ley.
Base Legal
Con el fin de proteger los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones y mantener el orden social, de conformidad con la “Ley Penal de la República Popular de China" y la "Decisión sobre el mantenimiento de la seguridad de Internet" del "Comité Permanente del Congreso Nacional del Pueblo" y otras disposiciones, algunas cuestiones relativas a la aplicación de la ley en el manejo de casos penales como difamación, provocación, extorsión y operaciones comerciales ilegales utilizando redes de información. se explican a continuación:
Artículo 1: Se aplican las siguientes circunstancias Cualquiera de las anteriores se considerará como "fabricación de hechos para difamar a otros" según lo estipulado en el primer párrafo del artículo 246 de la Ley Penal.
1. Fabricar hechos que dañen la reputación de otros, difundirlos en redes de información, u organizar, instigar al personal a difundirlos en redes de información
2. en hechos que dañan la reputación de otros, difundiendo en redes de información, u organizando o instruyendo personal para difundir en redes de información
Quienes, a sabiendas, difunden en la red de información hechos inventados para dañar la reputación de otros , y las circunstancias son atroces, se considerará "inventar hechos para difamar a otros".
Artículo 2: Se considerará “caso grave” a quien utilice las redes de información para difamar a otros y cumpla cualquiera de las siguientes circunstancias, según lo establece el primer párrafo del artículo 246 de la Ley Penal. p>
1. En realidad, se ha hecho clic en la misma información difamatoria, se la ha visto más de 5.000 veces o se ha reenviado más de 500 veces.
2 Ha provocado que la víctima o sus familiares cercanos sufran problemas mentales. desorden, automutilación, suicidio, etc. Consecuencias
3. Haber recibido sanción administrativa por difamación en el plazo de dos años y difamar a otros
4.