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¿Se puede volver a procesar el caso administrativo después de haber sido desestimado?

¿Se puede volver a procesar un caso administrativo después de haber sido desestimado?

Una vez desestimada la acción administrativa, el interesado podrá volver a demandar. Según el artículo 62 de la Ley de lo Contencioso Administrativo, si una parte cree que una sentencia o fallo jurídicamente válido es efectivamente erróneo, puede solicitar un nuevo juicio al tribunal popular superior más inmediato. Además, si la parte interesada no está satisfecha con la decisión de desestimar la acusación, puede apelar ante el tribunal popular superior dentro de los diez días siguientes a la fecha de la sentencia.

En resumen, una vez desestimado un caso administrativo, las partes interesadas pueden presentar nuevamente una demanda para salvaguardar sus derechos e intereses legítimos solicitando un nuevo juicio o apelación.

Base jurídica:

El artículo 62, numeral 1, de la Ley de lo Contencioso Administrativo establece: “Si la parte considera que una sentencia o resolución jurídicamente efectiva es efectivamente errónea, podrá presentarla al El tribunal popular que originalmente conoció el caso o el tribunal popular del nivel inmediatamente superior solicita un nuevo juicio "

El párrafo 3 del artículo 62 de la "Ley de lo Contencioso Administrativo" estipula: "El tribunal popular. deberá presentar una solicitud que cumpla con lo dispuesto en esta Ley dentro de los tres plazos; la resolución será revisada dentro del plazo de un mes; si no se ajusta a lo dispuesto en esta Ley, la resolución será desestimada si el interesado no está satisfecho con la misma. sentencia, podrá solicitar reconsideración ante el tribunal superior popular dentro de los diez días siguientes a la fecha de dictación de la sentencia”

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