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Disposiciones legales para el levantamiento de la base de conservación

¿Cuáles son las disposiciones legales sobre las bases para levantar la preservación? Se refleja principalmente en disposiciones legales como los artículos 101 y 104 de la Ley de Procedimiento Civil. Para ayudar a todos a comprender mejor los conocimientos legales relevantes, he recopilado contenido relevante. Responderé esta pregunta específicamente para usted y lo llevaré a comprender otros conocimientos legales relevantes. Espero que sea útil para su estudio y aplicación práctica. 1. Disposiciones legales para la conservación y apertura de la propiedad basadas en la base legal para el levantamiento de la conservación:

El artículo 101 de la "Ley de Procedimiento Civil" estipula que dentro de los treinta días siguientes a que el tribunal popular adopte las medidas de conservación, el solicitante no presenta una demanda de conformidad con la ley o Si se presenta una solicitud de arbitraje, el tribunal popular pondrá fin a la preservación.

El artículo 104 de la "Ley de Procedimiento Civil" estipula que en un caso de disputa sobre propiedad, si el demandado ofrece una garantía, el tribunal popular decidirá revocar la preservación.

Artículo 23 del "Reglamento del Tribunal Popular Supremo sobre diversas cuestiones relativas a la tramitación de casos de preservación de la propiedad por parte de los tribunales populares": después de que el Tribunal Popular adopte medidas de preservación de la propiedad, si se produce alguna de las siguientes circunstancias , la persona que solicita la preservación deberá solicitar de manera oportuna Levantamiento de la preservación: (1) No presentar una demanda o solicitar arbitraje dentro de los treinta días posteriores a la adopción de medidas de preservación de la propiedad previas al litigio (2) La institución de arbitraje no está satisfecha con el; solicitud de arbitraje y permite el retiro de la solicitud de arbitraje o se considera que ha retirado la solicitud de arbitraje (3) Laudo arbitral La solicitud o solicitud de arbitraje es rechazada (4) El tribunal de otras personas se niega a aceptar la demanda y permite la demanda; (5) La solicitud de demanda o litigio es rechazada por sentencia efectiva de un tribunal ajeno; (6) El solicitante de la preservación debe solicitar el levantamiento de la preservación en otras situaciones; Una vez recibida la solicitud de levantamiento de la preservación, el tribunal popular deberá dictar sentencia para levantar la preservación dentro de los cinco días; si la situación es urgente, deberá dictar sentencia para levantar la preservación dentro de las 48 horas; Si la persona que solicitó la preservación no solicita al Tribunal Popular el levantamiento de la preservación a tiempo, deberá compensar a la persona bajo preservación por las pérdidas sufridas debido a la preservación de la propiedad. Si la persona bajo preservación solicita revocar la preservación, y el Tribunal Popular determina tras revisar que cumple con las disposiciones legales, el Tribunal Popular decidirá revocar la preservación dentro del período especificado en el párrafo 2 de este artículo. Artículo 24: Cuando el tribunal popular considere que el contenido de una resolución de conservación de un bien es incompatible con la situación real del bien a conservar, la revocará, modificará o corregirá.

2. ¿Cuáles son las condiciones para rescindir la preservación del litigio? La terminación de la preservación del litigio está claramente estipulada en la Ley de Procedimiento Civil. Las condiciones legales para levantar las medidas de preservación del litigio son:

(1) Si el solicitante solicita voluntariamente levantar las medidas de preservación durante el proceso del litigio o el solicitante solicita retirar la demanda y es aprobado por el tribunal popular, Si el propósito y la importancia de las medidas de preservación ya no existen, el Tribunal Popular pondrá fin de inmediato a la preservación previa al litigio.

(2) Si el demandado proporciona una garantía de propiedad ejecutable por un monto correspondiente, la preservación de la propiedad será liberada. El Tribunal Popular examinará estrictamente la garantía prestada por el demandado. La garantía proporcionada por el demandado puede ser una garantía en efectivo, una garantía física o una garantía emitida por un garante con crédito confiable. No importa qué tipo de garantía, debería ser fácil de controlar y hacer cumplir por parte del tribunal popular. El monto de la garantía será equivalente al valor del bien a conservar o al valor solicitado por el solicitante. En la práctica, las garantías suelen ser emitidas por instituciones financieras como cajas o bancos y grandes empresas con buena reputación. Además, la garantía brindada al tribunal popular debe ser incondicional, indefinida e irrevocable, de lo contrario no será aceptada. Si el monto de la garantía aportada por el fiador fuera insuficiente, se podrá aceptar, pero sólo se liberará el valor correspondiente, y se seguirá conservando la parte insuficiente del bien de igual valor.

(3) Otras circunstancias en las que deban levantarse las medidas de preservación, como que las partes hayan cumplido voluntariamente las obligaciones de pago especificadas en la carta o sentencia de mediación, o el tribunal popular o el tribunal superior que hizo la propiedad La sentencia de preservación determina que las medidas de preservación son obviamente incorrectas, la preservación de la propiedad debe terminarse de inmediato de conformidad con la ley.

En tercer lugar, si la preservación puede levantarse con motivo de la garantía aportada por el demandado. El solicitante solicitó la preservación de la propiedad para proteger sus derechos e intereses legítimos. El demandado proporcionó las garantías correspondientes, que fueron suficientes para proteger los derechos e intereses legítimos del solicitante. El tribunal debería decidir poner fin a la preservación de la propiedad.

Lo anterior es una introducción detallada al conocimiento relevante sobre las disposiciones legales sobre las bases para el levantamiento de la preservación, las cuales se reflejan principalmente en los artículos 101 y 104 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.